El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha recordado que los beneficiarios de una pensión tienen la obligación de comunicar la alteración de su situación personal o familiar en un plazo máximo de 30 días. Si no lo hacen, se enfrentan a multas que oscilan entre los 626 euros y los 6.250 euros.
La falta de comunicación de un cambio en el estado civil, domicilio, situación económica o laboral se considera una infracción grave del beneficiario.
La obligación también se extiende a los familiares en caso de fallecimiento del propio pensionista. En este caso, los familiares tienen que comunicar la defunción del pensionista a la Seguridad Social en un plazo de 30 días.
Existen cuatro supuestos en los que se debe informar sobre el cambio en las condiciones de un pensionista: el estado civil, el domicilio, la situación económica y la actividad laboral.
Además, los que perciben una pensión de viudedad con cargas familiares, los perceptores de mínimos con cónyuge no a cargo o unidad económica personal o con cónyuge a cargo, y los pensionistas de viudedad que tienen reconocido el 70% de la base reguladora deben presentar un informe anual de ingresos antes del 1 de marzo.
Hay que tener en cuenta que la no presentación de la declaración o la falta de comunicación de los cambios en el plazo establecido puede acarrear la retirada de la pensión y una sanción económica.
La Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social recoge las multas relacionadas con las prestaciones de la Seguridad Social y establece la cantidad en función de la gravedad de la infracción.
Los diferentes tipos de infracciones
No comparecer ante un requerimiento hecho por la administración se considera una infracción leve, y puede resultar en multas que van desde los 60 hasta los 625 euros.
No informar sobre cambios que alteren las condiciones para recibir una pensión se considera una infracción grave, y puede resultar en multas que van desde los 626 hasta los 6.250 euros.
Por último, las sanciones muy graves se aplican a aquellos casos en los que se intenta defraudar a la administración para obtener una prestación indebida o superior a la que corresponde. Las multas por fraude van desde los 6.251 hasta los 187.515 euros.