¿Estás de vacaciones en Navidad? Estos son los derechos que defienden la desconexión laboral
Esta normativa asegura que los trabajadores en periodo vacacional no están obligados a responder llamadas, mensajes o correos electrónicos fuera de su horario laboral
En el periodo navideño, disfrutar de unas vacaciones sin interrupciones laborales es un derecho respaldado por la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
Esta normativa asegura que los trabajadores en periodo vacacional no están obligados a responder llamadas, mensajes o correos electrónicos fuera de su horario laboral.
El artículo 88 de dicha ley especifica que tanto empleados públicos como trabajadores privados tienen derecho a la desconexión digital para preservar su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como su intimidad personal y familiar.
Posibles sanciones
La infracción de esta normativa puede conllevar sanciones económicas para la empresa, que van desde los 626 euros hasta los 187.215 euros, dependiendo de la gravedad y la intrusión laboral durante el periodo vacacional.
La Inspección de Trabajo es la entidad encargada de determinar el importe de la multa, considerando diversos factores como la urgencia del asunto.
Es importante destacar que el no responder durante las vacaciones no puede ser motivo de despido ni sanción para el empleado. En caso de enfrentarse a esta situación por ejercer su derecho al descanso, el trabajador puede realizar una reclamación dentro de un plazo de 20 días.
Existe una excepción a esta regla. En casos de fuerza mayor que afecten directamente a la producción o seguridad, la empresa puede contactar al empleado, quien deberá respo
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