La Audiencia impone 12 años a un hombre por abusar de las hijas de su pareja en Las Palmas de Gran Canaria

El tribunal entiende que el relato "coherente y congruente" de las menores es lo suficientemente creíble para enervar la presunción de inocencia del acusado

La defensa ha anunciado que recurrirá el fallo al entender que la Sala cometió un error a la hora de valorar la prueba que hubo durante el juicio

El acusado, en primer plano a la derecha, acompañado de su abogado, Pedro García Parejo, durante el juicio celebrado este miércoles

El acusado, en primer plano a la derecha, acompañado de su abogado, Pedro García Parejo, durante el juicio celebrado este miércoles / LP/DLP

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un hombre a doce años y tres meses de prisión por abusar sexualmente con penetración de una de las hijas de su pareja de forma continuada durante varios meses en su vivienda de Las Palmas de Gran Canaria, e intentarlo con otra de ellas. Además de la pena de privación de libertad, tendrá que indemnizar con 30.000 euros a cada una de las víctimas, ambas menores de edad. Su defensa ya ha anunciado que recurrirá el fallo al entender que existe un "error" en la valoración de la prueba por parte del tribunal.

Según el fallo de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, cuyo ponente fue el magistrado Francisco Luis Liñán, el hombre penetró vaginal y analmente con su pene a una niña de nueve años de forma reiterada entre marzo de 2020 y abril de 2021. También considera probado que esta misma persona y en el mismo periodo de tiempo intentó tocar la vagina de otra menor de 12 años en múltiples ocasiones, realizando previamente tocamientos en su cuello, la cara y los brazos. Ambas eran hijas de la que por ese entonces era su pareja.

Por estos hechos, la menor de las hermanas presenta sintomatología de evolución de episodio depresivo y un posible trastorno de estrés postraumático, mientras que la otra sí que sufre un trastorno de estrés postraumático.

El relato de las víctimas, única prueba directa

La sentencia resalta el hecho de que la única prueba directa que existe de los hechos denunciados es el relato de las propias víctimas. El tribunal considera que los testimonios de las menores, recabados como prueba preconstituida en el juzgado especializado de violencia contra la infancia y la adolescencia, son "plenamente creíbles" y sirven para enervar la presunción de inocencia del acusado. Dichas declaraciones son "coherentes, congruentes con lo expresado previamente ante la policía (...), demostrativo de que no cuentan una realidad implantada sino vivida, sin dejar lugar a gestos dubitativos, llegando las menores incluso a representar las escenas de abusos cometidas" sobre una de ellas ante el juez.

Además, insiste en el hecho de que ninguna de las dos niñas tenía ningún problema con su padrastro, con el que en un principio se llevaban muy bien. Pero esta se fue deteriorando, tal y como explicó la madre de las víctimas durante el juicio celebrado en junio. De esta manera, el hombre se volvió más "controlador e intransigente" con las pequeñas, lo que achacó al nacimiento de la hija que tuvieron en común.

El fiscal Luis Estévez durante la vista celebrada en la Audiencia Provincial de Las Palmas

El fiscal Luis Estévez durante la vista celebrada en la Audiencia Provincial de Las Palmas / LP/DLP

En definitiva, el tribunal no encuentra "elementos de simulación consciente con ánimo tendencioso" en lo que contaron las menores. Pero sí "la exteriorizada recreación de unos sucesos traumáticos, que han generado un impacto emotivo real en las víctimas". Por lo demás, afirman que el relato de ambas ha sido persistente "en lo sustancial" y sin presentar ambigüedades ni contradicciones.

ADN en las sábanas

Por su parte, corrobora la veracidad del relato de las víctimas los informes realizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que reflejan la existencia de ADN del acusado en una mancha en la sábana de una de las menores. En concreto, células epiletiales, que pueden estar en la piel, los vasos sanguíneos y los órganos de las personas, incluido el tracto urinario. El acusado, en su declaración, negó tajantemente que hubiera entrado en las habitaciones de las menores, ni dormido en sus camas, tal y como refirieron estas y su propia madre.

El tribunal también pone el foco en "la huella psicológica" que estos hechos han producido en las dos víctimas. En el caso de la niña pequeña, las psicólogas forenses apreciaron "un importante grado de inadaptación general, que se manifestaba en el área personal en un muy alto grado de desajuste con la realidad en general". También mostraba sentimientos de miedo, culpabilidad, depresión y somatización, llegando a tener mecanismos disociativos como forma de distanciarse de la realidad. Finalmente, sentía "aversión" respecto al colegio y dificultades para relacionarse con los demás.

Una de las testigos declara ante el tribunal este miércoles durante el juicio contra un hombre acusado de abusos sexuales a menores

Una de las testigos declara ante el tribunal este miércoles durante el juicio contra un hombre acusado de abusos sexuales a menores / LP/DLP

Por su parte, en la hermana mayor esa huella fue "mucho más intensa", hasta el punto que tuvo que ser ingresada en mayo de 2021 por un intento de suicidio -ya había denunciado los hechos ante la Policía-. Las psiquiatras detectaron en la menor ánimo triste, irritabilidad, apatía, tendencia al aislamiento en el dormitorio cuando estaba en la vivienda familiar e insomnio pese al tratamiento farmacológico que se le había recetado. Se le diagnosticó un episodio depresivo moderado. De hecho, dos de sus profesoras refirieron durante el juicio que habían visto en ella "un cambio brusco de actitud" en los últimos tiempos que coincidía con el periodo en el que su padrastro intentaba abusar de ella.

Por último, en el informe clínico de urgencias que se le practicó a la menor de nueve años tras la denuncia policial de los hechos, se detectó que tenía el himen perforado. La médico que realizó dicho estudio aseguró durante el juicio que la causa más habitual de esta perforación se debe a mantener relaciones sexuales, si bien no es la única.

Apelación al TSJC

Por su parte, la defensa del acusado, ejercida por el abogado Pedro García Pareja, adelantó a este periódico que presentará un recurso de apelación contra la resolución de la Audiencia Provincial. De ser admitido, será el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el que lo resuelva. Según el letrado, su requerimiento se basa en lo que cree ha sido un "error de valoración" de la prueba por parte de la Sala que enjuició los hechos. Por un lado, estima que el testimonio de las menores no fue todo lo coherente y creíble que estima el tribunal como para enervar la presunción de inocencia de su representado. Por otro, destaca los informes psicológicos de las menores en los que no se detecta "ningún tipo de estrés postraumático" por los hechos.

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