La Dirección General de Tráfico ha anunciado cambios significativos en la normativa de tráfico para este año, con el objetivo de incrementar la seguridad vial. Entre las nuevas medidas, destaca la prohibición de rebasar los 20 km/h del límite de velocidad al adelantar en carretera, así como un aumento en las sanciones por el uso del teléfono móvil mientras se conduce.

Las infracciones de tráfico se clasifican en tres categorías, según su gravedad. Las infracciones leves pueden conllevar una multa de hasta 100 euros, las infracciones graves pueden ser sancionadas con una multa de 200 euros, y las infracciones muy graves pueden resultar en una multa de 500 euros.

A continuación, se presentan algunos ejemplos de infracciones en cada categoría:

Infracciones leves:

  • No estar en condiciones de controlar el vehículo en todo momento.
  • Incumplir normas de seguridad vial para ciclistas que no sean consideradas graves o muy graves.

Infracciones graves:

  • Estacionar o detenerse en carriles o vías destinadas a ciclistas.
  • Utilizar dispositivos para detectar radares o cinemómetros.
  • Conducir con el permiso suspendido como medida cautelar.
  • Uso del teléfono móvil por parte de motoristas o ciclistas.

Infracciones muy graves:

  • Usar dispositivos de comunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el permiso de conducir.
  • Arrojar objetos en la vía que puedan causar incendios o accidentes.
  • Incumplir normas de auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.

Además, es importante tener en cuenta la obligación de llevar siempre ciertos documentos en el vehículo para evitar multas. Estos documentos incluyen el carnet de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV en caso de ser requerida. Aunque existen aplicaciones como 'MiDGT' que pueden almacenar esta información, es necesario tener conexión a Internet para utilizarlas correctamente.

En cuanto a las sanciones por no llevar la documentación adecuada, se aplican las siguientes multas:

  • No llevar el carnet de conducir: 10 euros.
  • Datos desactualizados en el carnet de conducir: 80 euros.
  • Carnet de conducir caducado: 200 euros.
  • Conducir con una autorización no válida: 500 euros y pérdida de 4 puntos.
  • Conducir sin puntos en el permiso: multa de 500 euros y considerada infracción muy grave.
  • No llevar el permiso de circulación: 10 euros.
  • Circular sin autorización administrativa: 500 euros.
  • No llevar la tarjeta de la ITV: 10 euros.
  • Conducir con la ITV caducada: 200 euros.

Estas son algunas de las modificaciones y sanciones contempladas en la nueva normativa de Tráfico que se aplicarán a partir del 2023.