La Dirección General de Trabajo publica este martes en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución de 27 de septiembre de 2010, por la que se modifica la publicada el 21 de este mes, en el que se determinaban los servicios mínimos para el paro general convocado para mañana, "a fin de garantizar los servicios senciales de la comunidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias". En la Resolución publicada se observaron "errores" que el nuevo texto subsana concretando los mínimos que funcionarán durante todo el miércoles en determinados servicios.

Por departamentos, en Sanidad y Salud se atenderán "todas las urgencias sanitarias, con inclusión de hemodiálisis, radioterapia y quimioterapia". Los centros privados de prevención y atención para

niños, trabajarán con los medios "equivalentes a domingos y festivos", al igual que los de atención para personas mayores. En general, para todos los centros sanitarios afectados por la presente resolución, se aplicarán los mismos servicios para domingos y festivos.

La Resolución establece también que "se realizarán las operaciones quirúrgicas de carácter urgente y aquellas cuyo aplazamiento pueda significar un riesgo para la salud de los pacientes y se garantizará "el servicio de comidas en todos los centros afectados por esta Resolución y la limpieza en quirófanos".

En el ámbito de la Seguridad privada, el servicio de control de pasajeros en zonas internacionales de

aeropuertos, el de vigilancia de fábricas u otros depósitos de explosivos, centrales térmicas u otros centros de producción de energías y los centros de ejecución de medidas judiciales de menores, serán los equivalentes a domingos y festivos.

En los Transportes, "con relación al transporte de mercancías de los diferentes modos (marítimo y terrestre) únicamente su transporte para el abastecimiento a hospitales y centros sanitarios de medicinas y elementos urgentes para garantizar la vida, la salud y la seguridad de las personas".

El servicio de Ambulancias atenderá "todas las demandas generadas por el 112", así como "todas las demandas de carácter urgentes ordenadas por los facultativos del Servicio Canario de Salud, así como de los centros concertados (quedan excluidos el transporte de los pacientes de rehabilitación)".

El transporte marítimo mantendrá un buque para el traslado de viajeros solos o con vehículo, un buque

por relación y sentido en viajes interinsulares. La ampliación de servicios mínimos incluye también al transporte terrestre, para el que se determina como servicios mínimos, para el transporte regular de viajeros urbanos e interurbanos, "el 40 por ciento del servicio normal, sin perjuicio del retén de taller para averías proporcional al porcentaje fijado". Asimismo, "el 50% del transporte discrecional de

viajeros desde el puerto-aeropuerto hasta su lugar de destino, y viceversa".