El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado dos sentencias en las que anula el reparto de licencias de radio que aprobó el Gobierno de Paulino Rivero. La decisión de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC implica que el Ejecutivo regional tendrá que baremar de nuevo las propuestas de cada una de las 642 empresas que presentaron ofertas.

Las dos resoluciones del TSJC son el resultado de sendos recursos de la sociedad anónima Radio Club Canarias, uno, y de un grupo de hasta seis personas físicas y jurídicas titulares de emisoras que no consiguieron licencia, el otro. Los magistrados, en un pronunciamiento para el que ejerció de ponente Pedro Hernández Cordobés, recuerdan que un proceso de adjudicación de este tipo (en este caso se trata de conceder hasta 156 licencias de emisión a 642 solicitantes) se divide en varios estadios. La sala de lo Contencioso-Administrativo explica que los "vicios invalidantes" de uno de estos estadios no supone la anulación de los anteriores, de modo que la fase de solicitud, que finalizó con la presentación de las ofertas, no sufre cambios, es decir, el proceso no empezará de cero y, por tanto, no podrán ni presentarse nuevas ni reelaborarse ofertas. El problema para el nuevo Gobierno de Canarias -fue el Ejecutivo que presidía Paulino Rivero el que llevó a cabo todo el concurso, convocado en 2010- está en la segunda de las fases, la de constitución de la mesa y evaluación de propuestas. No en vano, las sentencias del TSJC reparan en la existencia de criterios de valoración de las ofertas que, como defendieron las entidades demandantes, no debieron incluirse.

Los magistrados citan en concreto el relativo al criterio 12 sobre los planes de ejecución de obras e instalaciones y a los plazos de ejecución y puesta en marcha de la emisora, que se valoraba en las bases con 20 puntos pero que la mesa de adjudicación, que presidía el excomisionado para la Autonomía Fernando Ríos, dividió en tres subcriterios que, en cambio, sumaban 30, "lo cual de manera evidente es contrario a las bases".

Además, esos subcriterios aprobados por la mesa "se apartan del procedimiento de valoración; no atribuyen la puntuación máxima prevista a la mejor oferta, sino que aplican una ponderación entre las puntuaciones parciales, distorsionando el procedimiento de valoración", ahonda el TSJC. "Lo dicho hasta ahora supone la anulación de la tabla para la valoración del criterio 12", resuelven los magistrados de la sala de lo Contencioso-Administrativo, quienes también ponen en solfa el criterio número 14, relacionado con la innovación tecnológica. En este caso, la mesa de adjudicación incrementó también en diez puntos el total que se había establecido en las bases, algo que no podía hacer y que llevó al tribunal a anular también este apartado.

El Gobierno de Canarias, que ha sido además condenado a sufragar las costas del procedimiento judicial, avanzó ayer que sus servicios jurídicos están estudiando la sentencia para decidir si la recurre.