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El giro inesperado de Martín Orozco en la Televisión Canaria

El autor del dictamen que impulsa el pliego del concurso de informativos se contradice y cambia en seis meses su versión inicial

Martín Orozco Muñoz.

Martín Orozco Muñoz se contradice. En sólo seis meses ha cambiado su versión sobre la realidad jurídica en torno al concurso de informativos de la Televisión Canaria. El abogado del Estado en excedencia emitió un dictamen el 31 de enero en el que sostuvo que el presidente de RTVC, Santiago Negrín, es el órgano "unipersonal" de contratación de las sociedades mercantiles dependientes del ente público con competencia "plena y exclusiva". Con su informe avaló la legalidad de la actuación de Negrín para la publicación de los pliegos del concurso. Sin embargo, en un giro inesperado, en julio el letrado entregó motu proprio una memoria explicativa sobre los pliegos de cláusulas administrativas en los que rectificó sus propios argumentos, sin justificar su cambio de criterio jurídico. Orozco presentó dicho documento sin que fuera solicitado por el ente y retocó sustancialmente su interpretación legal sobre la contratación de los servicios informativos.

El también exdirector general de los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias detalló en enero que el ente público RTVC y las sociedades mercantiles vinculadas al mismo (Televisión Pública de Canarias y Radio Pública de Canarias) tienen una naturaleza jurídica distinta. De tal modo que los contratos de RTVC tienen la condición de administrativos y los de las mercantiles se rigen por la normativa que regula los contratos privados.

A raíz del informe a instancias del ente, Orozco sostuvo claramente que el órgano de contratación de la Televisión Pública de Canarias (TVPC) es de carácter unipersonal y reside en el presidente de RTVC, a tenor de lo dispuesto en el artículo 19.2n) de la ley del ente público de 2014. Asimismo, resaltó que, según la normativa, el Consejo Rector de RTVC sólo tiene competencias en los contratos, convenios y negocios jurídicos que celebre el ente RTVC, pero no ejerce "ninguna competencia" en materia de contratación en las sociedades mercantiles. "Respecto a las competencias de contratación de las sociedades mercantiles no existe habilitación competencial alguna en la ley ni en los estatutos sociales respectivos a favor del Consejo Rector", aseguró.

Competencias

De hecho, el reglamento de organización y funcionamiento de RTVC, aprobado por un decreto del Ejecutivo regional en 2001, va en la misma línea y concede al entonces director general de RTVC y ahora al presidente como órgano de contratación de las mercantiles que dependen del ente.

En su informe, Orozco precisó que las competencias de la Presidencia de RTVC, como órgano de contratación de las sociedades mercantiles, abarcan "un haz amplísimo de facultades, donde se comprenden, entre otras, las de convocatoria de la licitación, aprobación de los pliegos, adjudicación y formalización, ejecución, modificación y extinción del contrato". Tales facultades "no están supeditadas a la aprobación previa del Consejo Rector de RTVC, cualquiera que fuere el plazo de duración o cuantía de los contratos a licitar o celebrar", apostilló.

El propio Negrín blandió este informe de Orozco el 21 de julio en la comisión de control del ente en el Parlamento, donde insistió en la necesidad de sacar adelante un nuevo concurso de programas informativos, ya que el contrato en vigor, en manos de Videoreport, vence el 30 de junio de 2018, sin posibilidad de prórroga bajo ningún concepto.

A pesar de que en enero Orozco respaldó que Negrín tenía la potestad de tramitar los pliegos del concurso y excluyó al Consejo Rector del proceso, seis meses más tarde cambió su testimonio. Por iniciativa propia, el doctor en Derecho entregó una memoria explicativa sobre los pliegos del concurso sin que fuera requerido por RTVC. El documento, firmado por Orozco, data del 17 de julio y es el único que consta en el expediente, que contiene más de 3.000 folios.

Orozco corrigió a mediados de julio sus consideraciones jurídicas. En ese borrador definitivo sostiene que, "desde un punto de vista contractual, la aprobación de los pliegos, del expediente de contratación y de su ulterior licitación corresponde al presidente de RTVC, en cuanto órgano de contratación de TVPC". Ahora bien, matiza que "procede, no obstante, que la relevancia de la contratación proyectada aconseja la intervención de la Junta General de Televisión Canaria en la toma de decisiones afectantes al procedimiento de adjudicación". Y añade que "la aprobación del expediente de contratación por el órgano de contratación -y consecuente inicio del proceso de licitación- debe venir precedida de la aprobación por el Consejo Rector de RTVC del anteproyecto de presupuestos de 2018 que da cobertura a la contratación proyectada por TVPC". Además, apunta que "la competencia para decidir sobre la eventual renovación del modelo de gestión que subyace en los pliegos no corresponde al presidente de RTVC, sino que está residenciada en el Consejo Rector del ente". Justo lo contrario de lo que dijo en enero.

En la documentación que presentó en julio planteó que la aprobación de los pliegos debía contar con seis informes, entre ellos los de carácter técnico "sobre la evaluación del coste de las prestaciones objeto del contrato" y "que motive o justifique la duración proyectada del contrato", así como un informe de los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias, aunque estos ya han rechazado que tengan que emitir un dictamen.

Mientras, el presidente de RTVC Santiago Negrín, denunciará este martes ante la Fiscalía las supuestas presiones que recibe por parte de algunos medios de comunicación con la "clara intención" de interferir en el concurso, que tiene un montante de 144 millones de euros y ocho años de duración.

La Unión de Profesionales de la Comunicación de Canarias-Federación de Sindicatos de Periodistas presentó ayer un recurso ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos en el que pide suspender provisionalmente el concurso de informativos.

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