Guía para la primera Declaración de la Renta de los autónomos: ¿qué datos incluir?
Los trabajadores por cuenta propia que hayan estado dados de alta a partir del 1 de enero de 2023 tendrán que ajustar sus cuentas con la Agencia Tributaria
Una de las novedades de la Declaración de la Renta que los contribuyentes tienen que presentar este 2024 está relacionada con los autónomos.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos están obligados a presentar su Declaración de la Renta referida al ejercicio fiscal de 2023, con independencia de sus ganancias y pérdidas.
Los autónomos que hayan estado dados de alta a partir del 1 de enero de 2023 tendrán que presentar su Declaración de la Renta.
Los autónomos que deben presentar la Declaración de la Renta
Hacienda ha determinado que los siguientes autónomos deben presentar su Declaración de la Renta
- Los que estén en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).
- O en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Además, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Los gastos de difícil justificación tendrán más deducción, ya que esta se eleva al 7% (para autónomos de actividades profesionales no empresariales) y un máximo de 2.000 euros.
- Por otro lado, se duplica la deducción general -hasta el 10%- por el rendimiento neto de estimación objetiva.
Documentación a presentar por los autónomos en la Declaración de la Renta
Los documentos que necesita un autónomo a la hora de presentar la Declaración de la Renta, según BBVA, son los siguientes:
- DNI (junto al del cónyuge, si se está casado/a, y al del hijo/a, si supera los 14 años).
- Número de cuenta bancaria.
- Modelo 130 (y 131) del IRPF.
- Libros contables.
- Facturas (emitidas y recibidas).
- Justificantes del pago de las cuotas (a la Seguridad Social), tanto las propias como las que correspondan a empleados (de tenerlos).
- Documentos de ayudas y subvenciones.
- Pagos de la hipoteca (o del alquiler) de la vivienda habitual.
- Aportaciones a planes de pensiones.
- Inversiones en otras empresas.
- Modelo 190 (si se tiene trabajadores a cargo).
- Modelo 180 (si se tiene alquilado un local comercial).
- Justificantes de cualquier ingreso adicional (premios, donaciones, etc.).
Plazos para que los autónomos presenten la Declaración de la Renta
Tanto los autónomos como los trabajadores por cuenta ajena tienen de plazo para presentar la Declaración de la Renta entre el 3 de abril y el 1 de julio de 2024. Lo pueden hacer por Internet o por teléfono. En ambos casos es obligatorio pedir cita previa:
Por Internet
- Internet con NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
- App Agencia Tributaria
Por teléfono
Teléfono de cita para Renta con atención personal en toda España: 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Teléfono automático para toda España: 91 535 73 26 o 901 12 12 24
Atención en oficinas de la Agencia Tributaria
Para que el personal de la Agencia Tributaria te atienda en una de sus oficinas y te realice tu declaración de Renta 2023 deberás pedir cita.
Las citas las deberás solicitar entre el 29 de mayo y el el 28 de junio tanto por Internet y la App Agencia Tributaria como por teléfono (91 553 00 71 o 901 22 33 44) , excepto el teléfono automático.
La atención presencial en las sedes de la Agencia Tributaria empezará el 3 de junio y finalizará el 1 de julio de 2024.
Atención por teléfono de la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria te prestará asistencia por teléfono para hacerte la Declaración de la Renta con cita previa que deberás pedir entre el 29 de abril y el 28 de junio.
Si quieres que te ayuden a hacer el trámite por teléfono, la Agencia Tributaria te llamará para confeccionar tu Declaración de la Renta entre el 7 de mayo y el 1 de julio de 2024 a través del plan 'Le Llamamos'.
Para concertar cita están disponibles tanto Internet, la App Agencia Tributaria y los cuatro teléfonos (91 553 00 71 o 901 22 33 44 para atención personal y los automáticos 91 535 73 26 o 901 12 12 24).
La opción telefónica de asistencia personalizada es “una potente alternativa” a la presencial en las oficinas, pudiendo acelerar la presentación de la declaración y, con ello, la eventual devolución que corresponda, precisa la Agencia Tributaria.
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