El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana ha modificado la Ordenanza Municipal que regula la tenencia de animales domésticos y ha fijado las cuantías de las sanciones entre 2.404 para las leves y los 15.000 euros en el caso de las graves para evitar conductas que alteran la convivencia de los vecinos. Entre las infracciones más graves destacan el abandono de animales potencialmente peligrosos, la falta de licencia de éstos, su adiestramiento para hacerlos más agresivos o dedicarlos a finalidades prohibidas como las peleas de perros, la participación de en concursos o espectáculos destinados a demostrar su agresividad, y también el maltrato o agresión física.

El alcalde Marco Aurelio Pérez señaló ayer que el objetivo de esta ordenanza, que corrige y amplia las dos anteriores, la primera de 1996 y la última del 2002, es intentar corregir algunas conductas que están alterando la convivencia normal entre los vecinos y entre éstos y los propios animales, y que hasta ahora no estaban contempladas en el texto anterior.

Contratar seguro

La nueva ordenanza distingue entre animales de explotación, mantenidos con fines lucrativos, y animales de riesgo, referidos a cualquier perro que sin estar catalogado como potencialmente peligroso sí haya sido denunciado o manifieste comportamientos agresivos hacia las personas o hacia otros animales. La normativa obliga a los propietarios a suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que puedan ocasionar.

Se consideran animales potencialmente peligrosos a las razas akita inu, toxha inu, staffordshire bull terrier, rottweiler, presa mallorquín (cadebou), presa canario, mastín napolitano, fila brasileiro, dogo del Tíbet, dogo de Burdeos, dogo argentino, dóberman, bulmastiff, pitbull terrier, bóxer y los american staffordshire terrier. También tienen la misma consideración los animales nacidos de cruces interraciales de cualquiera de estas razas, los que hayan tenido episodios de agresiones a personas o a otros canes, y los adiestrados para atacar y defender. Todos los perros y animales domésticos o de compañía deben contar con su cartilla sanitaria, la identificación o microchip y figurar inscritos en el censo municipal de animales.