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Los jueces consideran ilegal cambiar el derribo de la Biblioteca por dinero

La Sala de lo Contencioso aclara que sólo cabe indemnizar a los afectados si se declara la imposibilidad de cumplir la sentencia

Sustituir la demolición de la Biblioteca Pública del Estado por una indemnización es una "pretensión ilegal", según el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), cuya Sala de lo Contencioso Administrativo ha retomado los trámites para ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que obliga a derribar el edificio.

La Sección Segunda de la Sala, con sede en Las Palmas, ha admitido la personación de nuevos afectados en la fase abierta para ejecutar el fallo del TS, pero con la advertencia de que "no supone" el derecho a recibir compensaciones derivadas de la pérdida de luz y de vistas hacia la Avenida Marítima. Ni a esos nuevos perjudicados, que son dos particulares y la inmobiliaria Inversiones Garza, ni a los vecinos del edificio San Telmo, cuya comunidad de propietarios inició el pleito y ganó hace diez años la primera sentencia. Fue dictada por el TSJC, que anuló la licencia de construcción porque se otorgó sin un plan especial para ordenar la zona, entre otras irregularidades como exceder el volumen de construcción en 580 metros cuadrados u ocupar 817 metros de espacios considerados libres.

Tras esa primera sentencia adversa, todos los alcaldes de la ciudad, desde José Manuel Soria, que dio la licencia, hasta Augusto Hidalgo, que ha heredado el problema urbanístico, emprendieron diferentes iniciativas para salvar el inmueble de la piqueta: recursos de casación ante el Supremo, cambios en el Plan General de Ordenación para legalizar la Biblioteca, incidentes de ejecución ante la imposibilidad material de derribar el edificio y hasta un recurso de amparo al Tribunal Constitucional.

Expropiación

Todas esas iniciativas han chocado con la orden de demolición del TS. De ahí que la Secretaría de Estado de Cultura, en colaboración con el Partido Popular (PP) y el alcalde capitalino, del PSOE, promuevan un plan extrajudicial para evitar la demolición. Se trata de una enmienda presentada a los Presupuestos Generales del Estado, con la finalidad expropiar el derecho a ejecutar la sentencia por motivos de utilidad pública e interés social.

La enmienda ha sido aprobada por el Senado y está pendiente de llegar al Congreso, pero nadie ha comunicado esa iniciativa extrajudicial a la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, que sigue adelante con la tramitación de la ejecución del fallo judicial.

De hecho, el pasado miércoles, la Sala comunicó a las partes la personación de los nuevos afectados. En ese auto los magistrados aclaran que no es posible conceder indemnizaciones a cambio de mantener la Biblioteca en pie. La resolución, que lleva el voto particular de Cristina Páez, la firman Javier Varona, como ponente, y el presidente de la Sala de lo Contencioso, César García-Otero.

Los magistrados explican que la comunidad de propietarios del edificio San Telmo no ha pedido el cobro de una indemnización sustitutoria y, en cualquier caso, tampoco "cabría acceder a tal ilegal pretensión" porque "no concurre una causa de imposibilidad legal o material de ejecución de la sentencia", explican los jueces.

"Nos encontramos ante un pronunciamiento firme relativo al cumplimiento de la legalidad urbanística", prosigue el auto judicial. Un "interés general" que "no se satisface" mediante una compensación económica a los demandantes, concluye la resolución.

Ese interés general, precisamente, es el que se invoca en la enmienda para expropiar el derecho a ejecutar la sentencia. No hay precedentes en España, incluso podría chocar con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. De ahí las dudas que alberga el TSJC sobre la forma de aplicar la expropiación, entre otros motivos porque la Sala tendrá que pronunciarse sobre esa acuerdo para validarlo. El Abogado del Estado, por el momento, no ha comunicado nada al tribunal.

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