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La ciudad se enfrenta a reclamaciones millonarias por los edificios protegidos

Una treintena de propietarios solicitan indemnizaciones ante la imposibilidad de construir

La ciudad se enfrenta a reclamaciones millonarias por los edificios protegidos

Una treintena de propietarios de edificios protegidos han recurrido el Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria para solicitar indemnizaciones por la restricción del aprovechamiento urbanístico ante la imposibilidad de construir en las mismas condiciones que el resto de inmuebles situados en el entorno.

Al menos hay cuatro sentencias pendientes de notificación y el resto de pleitos, tras celebrarse la práctica de la prueba, están a la espera de deliberación en la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), con sede en Las Palmas, que es la competente para resolver las reclamaciones patrimoniales relacionadas con el urbanismo, según explican fuentes judiciales.

En total se han presentado unos 30 recursos contra el Plan General, la mayoría por la catalogación de los edificios, cuyos dueños se sienten perjudicados por esa "limitación o vinculación singular" al ejercitar el derecho a la propiedad. Y es que la Ley del Suelo contempla la posibilidad de reclamar indemnizaciones por ese concepto, siempre y cuando se produzca una restricción del aprovechamiento urbanístico que no pudiera ser objeto de una distribución equitativa entre los interesados.

El Tribunal Supremo (TS), a través de una interpretación sistemática y finalista, incluyó entre esos supuestos las vinculaciones dirigidas a la conservación de las edificaciones, lo cual fue recogido por el legislador para consolidar un derecho indemnizatorio en esos casos. A esa limitación o vinculación singular del aprovechamiento urbanístico apelan los demandantes para plantear sus recursos, aunque con argumentos que varían en función del tipo o del grado de protección de cada inmueble. De ahí que la Sala de lo Contencioso del TSJC no haya articulado una respuesta común para todos los supuestos, sino individualizada ante cada caso.

En líneas generales, los afectados reclaman que se anule la catalogación de los edificios para que se les reconozca el uso sin las restricciones derivadas de esa protección y, subsidiariamente, para el caso de que se rechace esa pretensión, demandan una compensación por la merma de posibilidades edificatorias, es decir, por no poder sacarle el máximo rendimiento a sus propiedades.

Distribución de las cargas

Los demandantes consideran que el Plan General, tras ser aprobado de manera definitiva por el Gobierno de Canarias el 29 de octubre de 2012, ha incorporado el catálogo de inmuebles protegidos del planeamiento anterior y esa continuidad, por tanto, es la que genera la vinculación singular del aprovechamiento urbanístico al no ser objeto de una distribución equitativa entre los demás propietarios de la zona.

Dicho de un forma más directa: El Plan General priva a estos vecinos de una parte del contenido normal del derecho de propiedad, lo cual es indemnizable porque implica la ruptura del principio constitucional de igualdad de las cargas públicas, pues los afectados no tienen el deber de soportar dichas cargas sin la correspondiente contraprestación.

Eso, al menos, es lo que establece la jurisprudencia invocada para interponer las demandas, con un precedente en la capital grancanaria muy parecido a los casos que ahora debe resolver el TSJC: la Casa Ford, una de las mejores obras del arquitecto grancanario Miguel Martín Fernández de la Torre.

El Supremo, en 2008, condenó al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y al Gobierno regional a pagar casi siete millones al propietario de la Casa Ford por los perjuicios derivados del planeamiento urbanístico aprobado en 2000.

El TSJC había denegado en 2003 la indemnización al dueño de la Casa Ford, pero el Alto Tribunal revocó la sentencia y reconoció su derecho a recibir una compensación por la limitación urbanística derivada de la catalogación del edificio.

Ambas sentencias consideraron que la catalogación del edificio y la calificación de la parcela están ajustadas a derecho, pero el TSJC rechazó la indemnización al no ser planteada de manera expresa en la demanda inicial y el Supremo corrigió ese criterio, con el argumento de que la vinculación singular ha supuesto una restricción considerable del aprovechamiento urbanístico reconocido a las parcelas del entorno.

En este caso, el informe de un perito judicial fue determinante tanto para justificar el elevado nivel de protección del inmueble como para calcular las indemnizaciones, que fueron fijadas en 1, 7 millones en el caso del inmueble y en 5,1 millones por la gasolinera situada en la parcela colindante, aunque a esta última cantidad hay que descontarle el precio de venta del solar con destino exclusivo a la estación de servicio (en la actualidad, el propietario se encuentra en negociaciones con el Ayuntamiento para intentar abrir un hotel en el emblemático edificio).

Algo similar tendrá que evaluar la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC para dictar sentencia sobre la treintena de recursos presentados, los cuales afectan a propiedades situadas en el Paseo de Las Canteras, como la conocida como Casa Sánchez Rivero, con su torreón a pie de playa, o el popular Chino Rojo, hoy convertido en restaurante italiano con terraza de copas en la azotea. Otra zona objeto de reclamaciones es la calle Perojo y sus aledaños, con un nutrido grupo de edificaciones de corte modernista; el inmueble racionalista de Bravo Murillo, de color rojo, y otro del mismo estilo situado al lado de la Clínica Santa Catalina, en las inmediaciones del Parque Romano.

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