Un segundo informe jurídico solicitado por Radiotelevisión de Canarias avala el proceder de su presidente, Santiago Negrín, para la publicación de los pliegos del concurso de los servicios informativos. Este análisis, incorporado al expediente administrativo del concurso, fue solicitado en agosto al abogado del Estado y jurista especializado en el sector audiovisual Carlos Cabrera tras las dudas y confusas interpretaciones planteadas a última hora por el también abogado del Estado, Martín Orozco, autor del dictamen que impulsó el proceso para la adjudicación de los servicios informativos de la Televisión Canaria.

Pese a que Martín Orozco -a quien RTVC encargó los informes preceptivos para iniciar el procedimiento- defendió en un dictamen inicial, fechado en enero, la legalidad, el rigor y la competencia de Santiago Negrín para convocar el concurso -lo que dio pie a que todo el procedimiento se pusiera en marcha- con posterioridad, en julio, corrigió sus consideraciones jurídicas emitidas siete meses antes. Orozco, sin ser requerido por la RTVC y sin justificar las modificaciones, retocó en tonces en una memoria explicativa su opinión. Se desdijo. Cambió su primer criterio para advertir que la licitación de los servicios informativos requería de la aprobación previa del Consejo Rector del ente público.

Como consecuencia de este errático proceder y de la confusa memoria explicativa de Orozco se generan dudas en la RTVC. Orozco se contradice al final del proceso. Consideraciones anteriores en la que se expresa con contundencia sobre la legalidad de la actuación de Negrín ahora las cuestiona. Además, en agosto, entrega un último borrador de los pliegos del concurso de informativos en el que no se adjunta ni la memoria ni un informe jurídico en relación a los cambios introducidos. Por esto motivo la Televisión Canaria encarga este segundo dictamen a Cabrera. En él el abogado comparte las conclusiones iniciales de Orozco: el Consejo Rector carece de competencias para iniciar la licitación del concurso de informativos.

En el informe firmado por Cabrera, que figura en el expediente del concurso a disposición de todos los grupos parlamentarios, se sostiene que el procedimiento no supone un cambio en el modelo de gestión actual como cuestionaba Orozco, no en su dictamen inicial de enero sino en la memoria explicativa que entregó en julio.

Este punto -el denominado modelo de gestión- es decisivo para conocer si es competente o no el Consejo Rector para autorizar los pliegos del concurso de informativos. Sólo lo sería si se produce una modificación del modelo de gestión. Cabrera niega que se produzca tal cambio y por lo tanto que sea competencia del Consejo Rector autorizar la publicación de los pliegos del concurso de informativos. "La licitación y correlativo contrato no es más que una aplicación ordinaria, continuada y propia de lo que es la gestión del servicio televisivo", argumenta. "No se ha producido lo que se ha entendido -sobre todo en términos periodísticos y no tanto jurídicos- como un cambio de modelo de gestión".

Según expone Carlos Cabrera en su dictamen, el cambio de modelo de gestión se hubiera producido si con carácter extraordinario se hubiera procedido a externalizar la producción de los servicios informativos, lo que no es el caso. "La producción es conservada por la Televisión Canaria, que se limita a externalizar los medios técnicos y personales", aclara.

"La presente licitación [de los servicios informativos] no supone una alteración sobre la línea de actuación precedente, que sigue siendo la misma. Constituye un modo de proceder continuista, con caracteres propios y ordinarios en la gestión del servicio público", precisa Cabrera, quien añade en su informe que la contratación de los servicios informativos es un "elemento meramente instrumental y ejecutivo" en un modo de proceder "ordinario y propio" en la gestión del servicio.

A la vista de los pliegos como de los informes que sirven de fundamento a los mismos, el abogado del Estado y jurista especializado en el sector audiovisual, ratifica que la licitación de los servicios informativos hace innecesario que el concurso sea aprobado por el Consejo Rector dado el proceder ordinario y continuista de RTVC en este caso. "Solo lo extraordinario y no continuista es lo que en definitiva fundamentaría la adopción de una decisión que requeriría la oportuna justificación y pronunciamiento por parte del Consejo Rector", explica.

El dictamen justifica también la actuación de Negrín por la premura de los plazos ya que el actual contrato de los servicios informativos vence el 30 de junio de 2108, sin posibilidad de prórroga bajo ningún concepto. Por este motivo, se expone en el dictamen, el presidente de RTVC tiene que adoptar medidas y decisiones con urgencia para poder mantener la continuidad de los servicios informativos de la tele.

El primer informe de Martin Orozco y el posterior de Carlos Cabrera coinciden también en que el órgano que contrata es una sociedad mercantil dependiente del ente RTVC por lo que el presidente Santiago Negrín se erige en órgano unipersonal con competencia "plena y exclusiva" para proceder a la licitación de los servicios informativos. Sin intervención previa del Consejo Rector.

Esta distinción es relavante porque el órgano que contrata no es el ente como pudiera suponerse en en principio -sus contratos tienen caracter de administrativos- sino la sociedad mercantil Televisión Pública de Canarias, que se rige por las normas que regula los contratos privados.