Las víctimas del accidente de Spanair se ponen en manos del Tribunal del Luxemburgo. La Asociación del Afectados del Vuelo JK5022 ha solicitado al Supremo que plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE por entender que los tribunales españoles han aplicado, para fijar las indemnizaciones, el baremo de tráfico y no la normativa comunitaria en accidentes aéreos.

El equipo jurídico da Asociación, al que se ha unido el exvicepresidente del Supremo Ángel Juanes y el exministro de Justicia Francisco Caamaño, creen que se ha vulnerado el principio de primacía del derecho de la UE, ya que el baremo de tráfico está previsto por el legislador español para la valoración de riesgos en el sector de la seguridad vial.

Afirma en un comunicado del despacho de Caamaño que esta norma nacional, que limita el derecho a la reparación integral del daño causado, ha sido trasladada por algunos jueces españoles al contexto de los accidentes aéreos, donde la realidad del riesgo y su aseguramiento es completamente distinta, en vez de hacerlo con arreglo a la normativa comunitaria que regula la responsabilidad por daños en siniestros de aeronaves.

“Una aeronave asegurada en 1.500 millones de dólares, el impacto psicológico y emocional vinculado al tipo de accidente y el hecho de que este se hubiese producido en un sector de muy baja siniestralidad, son factores suficientes para comprender que las circunstancias de un accidente en el ámbito de la circulación vial nada tienen que ver con las que concurren en un accidente aéreo”, argumenta el exministro.

Y añade que “el derecho de la UE proclama el principio de reparación integral del daño sufrido por las víctimas, sin más límites que aquellos que resulten de la valoración de la prueba obrante en el proceso”.

Una de las grandes polémicas tras el accidente fue el criterio para calcular las indemnizaciones ya que el Tribunal Supremo ha aceptado de forma reiterada que el baremo de accidentes de tráfico puede utilizarse como referencia para calcular las compensaciones por muertes y lesiones en otro tipo de supuestos.

Por contra, la Audiencia de Barcelona optó en un procedimiento con víctimas de este accidente por el reglamento europeo, que prevé un resarcimiento mayor que el baremo de tráfico usado en España.

El accidente de Spanair ocurrió el 20 de agosto de 2008 cuando el vuelo 5022 de la compañía con 172 personas a bordo y destino Gran Canaria se estrellaba en Barajas (Madrid) al poco de despegar a las 14:45 horas.

Hubo 154 fallecidos y 18 supervivientes.