El REF gana competitividad con el nuevo impuesto mínimo global de la UE

La ZEC y la RIC quedan en mejores condiciones de baja tributación frente a sus competidores más directos

El presidente de la ZEC, Pablo Hernández, afirma que "hemos sido premiados"

Trabajadores en un almacén.

Trabajadores en un almacén. / E.D.

Salvador Lachica

Salvador Lachica

El Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias no sale perjudicado con la transposición de la Directiva europea para garantizar una imposición mínima global del 15% sobre el resultado contable del Impuesto de Sociedades (IS) a las multinacionales, cuyo anteproyecto legislativo fue aprobado el martes por el Consejo de Ministros.

Lejos de matar al REF, como en un primer momento se alzaron algunas voces desde Canarias dando la señal de alarma, toda vez que la tributación en la ZEC es del 4% y la RIC del 6%, este acuerdo de fiscalidad internacional alcanzado en el G20, la OCDE y la UE para luchar contra la planificación fiscal agresiva de las multinacionales va a dejar a las Islas en mejores condiciones que las que tendrán sus competidores como Irlanda, Luxemburgo, Malta o Chipre.

Así lo asegura el presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria (ZEC), Pablo Hernández, al explicar que «estamos contentos porque, en términos relativos, Canarias gana competitividad porque nuestros mecanismos de bonificación se alejan de los que usan los paraísos fiscales, hemos sido, por así decirlo, los niños buenos de la fiscalidad en la UE y hemos sido premiados».

Con todo, Hernández asegura que «vamos a seguir analizando en profundidad el texto para introducir mejoras» cuando llegue al Congreso de los Diputados, «aunque en el conjunto podemos insistir en que hemos salido beneficiados».

Canarias, sin competidores

La clave de este entramado técnico, y en principio contradictorio, que permitirá a Canarias eliminar a sus competidores más directos es que la parte de la base imponible (el beneficio a someter a impuesto complementario) que se corresponda con trabajadores y activos está sometido al llamado concepto de exclusión de sustancia, es decir, que el beneficio se reduce en atención al coste de los trabajadores y al valor de los activos tangibles que la empresa emplee.

En el caso de la ZEC, todas las empresas tienen trabajadores en la zona de baja tributación y lo mismo pasa, por ejemplo, con las empresas hoteleras que usan la RIC Es decir, que a una empresa de la ZEC se le aplicará el 11% (a Irlanda un 12,5%) y las acogidas a la RIC será del 9%. En todos los casos, siempre las condiciones serán más favorables que en el resto de zonas de baja tributación que hay en la UE.

Otro beneficio en favor del REF canario es que el cálculo del tipo efectivo implica tomar en cuenta los impuestos satisfechos y los beneficios obtenidos en cada jurisdicción. Para ello la base contable es muy relevante y, en el caso de Canarias, la jurisdicción es toda España.

La baja fiscalidad canaria ahora será más baja que en Luxemburgo, Chipre, Malta o Irlanda

«Este cálculo en todo el territorio nacional también nos beneficia respecto a otros países más pequeños», asegura el presidente de la ZEC.

Tal y como se concibió por la UE, la Directiva impide que cualquier país miembro quede excluido de imponer la imposición mínima global del 15%. De hecho, hasta Irlanda, Chipre, Malta y Luxemburgo, que tienen poder de veto en materia de tributación y toda su economía depende de la baja fiscalidad, votaron a favor de la medida.

Por lo tanto, y pese a que en un primer momento se barajó en las Islas la posibilidad de negociar que Canarias quedase exenta, lo cierto es que esa vía chocó de lleno con el muro europeo.

Hasta ahora, las entidades ZEC estaban sujetas al Impuesto sobre Sociedades a un tipo impositivo reducido del 4%, debiendo realizar una inversión mínima de 100.000 euros (en Gran Canaria y Tenerife) o de 50.000 euros (La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura o Lanzarote) en activos fijos afectos a la actividad, dentro de los 2 primeros años desde el momento de su inscripción. Asimismo, tienen que crear entre tres y cinco puestos de trabajo dentro de los seis meses siguientes al momento de la inscripción y mantenerlos durante los años en los que estén adscritas a la ZEC.

Acuerdos internacionales

Como se recordará, en octubre de 2021, la OCDE alcanzó un compromiso para la introducción de cambios relevantes en el panorama de la fiscalidad internacional de la realidad actual.

Este acuerdo se basaba en dos pilares: el denominado Pilar Uno centrado en el gravamen en la jurisdicción de mercado para grupos de gran facturación y rentabilidad (más de 20.000 millones de euros y 10%, respectivamente), y el denominado Pilar Dos vinculado a asegurar una tributación global mínima del 15% para los grupos empresariales con una facturación de al menos 750 millones de euros.

A finales de diciembre de 2022 la UE acordó implementar el acuerdo de la OCDE en la Directiva relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud , que entró en vigor el 23 de ese mismo mes.

La Directiva de la UE se concibió para impedir que cualquier territorio quedara exento

Un año después, el Gobierno de España ha aprobado un anteproyecto con el que se pretende establecer un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales o los grupos domésticos, denominados grupos nacionales de gran magnitud, que tengan un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a 750 millones de euros, de acuerdo con los estados financieros consolidados de la entidad matriz última, en, al menos, dos de los últimos cuatro ejercicios inmediatamente anteriores.