El informe de la Intervención General del Estado del Ministerio de Hacienda cuestiona el "tratamiento variable" de la cuota fija de la Tarifa Máxima Empresarial, obligatoria para los importadores desde 2003.

El informe de Madrid advierte de los diferentes destinos de dicha tarifa sobre las mercancías dentro de las cuentas de Sestiba. De hecho, en 2003 y 2004 lo recaudado gracias a esta cuota se contó como ingresos por Sestiba, no para amortizar el déficit. Un año después se contabilizó en un primer momento todo en ingresos y al final se decidió que con la suma total se debían cancelar los déficit de años anteriores. En 2006, de enero a octubre, se llevó el 50% a ingresos y el resto a compensar déficit del ejercicio anterior, mientras que en noviembre y diciembre se llevó la recaudación a resultado.

Finalmente, el Consejo de Administración del Puerto de Las Palmas el 1 de marzo de 2007 informó del acuerdo de Sestiba sobre la división de la cuota fija: el 50% para reducir déficit y el otro 50% para subvencionar el transbordo internacional, ya que "se factura a las empresas estibadoras una cantidad inferior a su coste".