La Agencia Tributaria (Aeat) incluirá un aviso en las declaraciones de los contribuyentes a los que sus bancos les hayan devuelto lo que les cobraron de más por las cláusulas suelo. De ese modo, les comunicará que deben regularizar la situación, dado que en su día se desgravaron en virtud de unas cantidades abonadas por la adquisición de vivienda que ahora han cambiado.

El director del Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, Rufino de la Rosa, señaló que han pedido a las entidades financieras la información sobre las devoluciones realizadas. El directivo descartó que los bancos hayan sido descuidados en el manejo de la información, con lo que el fisco accederá a ella. Los afectados verán un aviso en el que se les recuerda que tienen una "incidencia".

De la Rosa indicó que el objetivo perseguido es "asistir" y "dar ayuda" a los contribuyentes ante un tema "complejo", si bien apuntó que, dado que en la Agencia Tributaria no disponen de toda la información, sería aconsejable que los contribuyentes se dirijan también a sus entidades financieras para que se la aporten antes de cumplimentar las declaraciones. Los ciudadanos no tendrán que integrar en la base imponible la devolución de las cantidades previamente satisfechas a las entidades financieras en concepto de intereses por aplicación de las cláusulas suelo, ni tampoco los intereses indemnizatorios.

Las devoluciones por parte de los bancos pueden haberse sustanciado en efectivo o en una amortización parcial del préstamo hipotecario. Si fue con dinero, se pierde el derecho a las deducciones practicadas, por lo que se debe regularizar en el ejercicio en el que se celebre el acuerdo con la entidad financiera o en el que sea firme la sentencia judicial o un laudo arbitral y solo en los ejercicios fiscales que aún no han prescrito, es decir, desde 2012.

En cambio, si la devolución se destinó a recortar la parte del préstamo que resta por pagar, no hay nada que regularizar y no formará parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual. Cuando las cantidades percibidas por la devolución de las cláusulas suelo se hubieran incluido en declaraciones de años anteriores como gasto deducible, sí que se debe regularizar.