La ayuda familiar del SEPE para madres desempleadas mayores de 45 años y con hijos: requisitos y cuánto se cobra

Si tienes pareja, hijos naturales o adoptados y personas en situación de discapacidad a tu cargo y has agotado el paro, tienes la posibilidad de cobrar el subsidio por desempleo

La ayuda familiar del SEPE para personas desempleadas mayores de 45 años y con hijos: requisitos y cuánto se cobra

La ayuda familiar del SEPE para personas desempleadas mayores de 45 años y con hijos: requisitos y cuánto se cobra / Wirestock. FREEPIK.

Una persona mayor de 45 años que haya agotado la prestación contributiva que recibe del SEPE, más conocida como paro, y tenga responsabilidades familiares (pareja, hijos naturales o adoptados y personas en situación de discapacidad) tiene la oportunidad de acceder a una ayuda familiar del SEPE.

Se trata del subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva.

Los solicitantes que estén en esa situación deben cumplir, además, una serie de requisitos para que el SEPE les conceda el citado subsidio.

Requitos para recibir la ayuda familiar del SEPE

El SEPE establece las siguientes condiciones para solicitar el subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva:

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberte negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener responsabilidades familiares.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Archivo - Varias personas pasan frente a la Sepe de Acacias, a 2 de diciembre de 2022, en Madrid (España).

Archivo - Varias personas pasan frente a la Sepe de Acacias, a 2 de diciembre de 2022, en Madrid (España). / Carlos Luján - Europa Press - Archivo

Los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante, y además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio.

Si no reúnes los requisitos de carencia de rentas, o en su caso, de responsabilidades familiares, podrás obtener el subsidio si, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, acreditas que los cumples.

Se considera como fecha del hecho causante aquella en la que se cumpla el plazo de espera de un mes o la del agotamiento del derecho semestral, o la de la finalización de la causa de suspensión.

Duración de la ayuda familiar

Los beneficiarios de la ayuda familiar del SEPE para mayores de 45 años y con cargas familiares la podrán recibirla será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad, siempre que lo solicites en plazo y mantengas los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:

  • Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 18 meses.
  • Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
  • Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
  • Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.

La edad debes tenerla en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.

¿Quiere un salario de hasta 70.000 euros? Consulte al SEPE

¿Quiere un salario de hasta 70.000 euros? Consulte al SEPE / La Provincia

Cuantía y cobro de la ayuda familiar

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, establecida en 480 euros.

En el supuesto de que la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.

El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma.

Dónde se tramita la solicitud de ayuda familiar del SEPE

El plazo para presentar la solicitud de la ayuda familiar del SEPE es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva.

Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.

Tres posibles sanciones del SEPE a los desempleados que cobran el paro

Tres posibles sanciones del SEPE a los desempleados que cobran el paro / La Provincia

La solicitud se podrá presentar a través de:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.
  • Documentación para solicitar la ayuda familiar del SEPELa documentación que deberás presentar en el SEPE es la siguiente:Modelo oficial de solicitud.Documento de identificación de la persona solicitante, de su cónyuge y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud (solamente es necesaria su exhibición para verificar los datos), que debe estar en vigor:Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.Extranjeros: residentes en España: Si son nacionales de la Unión Europea, Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea en el que consta el NIE junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. Si no han nacido en la Unión Europea, tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) en la que consta el NIE y el pasaporte.Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia. En el caso de las personas extranjeras, documento equivalente a los citados anteriormente, con traducción oficial al español.En el supuesto de que la entidad gestora lo requiera, debe presentar el justificante de rentas.

Documentación para solicitar la ayuda familiar del SEPE

  • Modelo oficial de solicitud.
  • Documento de identificación de la persona solicitante, de su cónyuge y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud (solamente es necesaria su exhibición para verificar los datos), que debe estar en vigor:
  • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
  • Extranjeros: residentes en España: Si son nacionales de la Unión Europea, Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea en el que consta el NIE junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. Si no han nacido en la Unión Europea, tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) en la que consta el NIE y el pasaporte.
  • Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.
  • Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia. En el caso de las personas extranjeras, documento equivalente a los citados anteriormente, con traducción oficial al español.
  • En el supuesto de que la entidad gestora lo requiera, debe presentar el justificante de rentas.