Todo lo que tienes que saber sobre la pensión de viudedad
La Seguridad Social ofrece detalles importantes sobre cómo se otorga la pensión de viudedad en casos de múltiples matrimonios y divorcios
La pensión de viudedad, gestionada por la Seguridad Social, sigue generando dudas, especialmente en casos de matrimonios múltiples y divorcios. Aquí explicamos los detalles cruciales que necesitas saber si te encuentras en alguna de estas situaciones.
¿Quiénes pueden cobrar la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad puede ser otorgada tanto a cónyuges como a excónyuges, siempre que se cumplan ciertos requisitos:
Para excónyuges: es esencial no haber contraído un nuevo matrimonio ni haberse registrado como pareja de hecho. Además, la persona fallecida debe cumplir con requisitos específicos de cotización, dependiendo de si estaba o no en alta laboral al momento del fallecimiento.
Requisitos específicos para excónyuges
- Los divorciados o separados pueden tener derecho a la pensión de viudedad si:
- Recibían una pensión compensatoria al momento del fallecimiento.
- No recibían pensión compensatoria pero fueron víctimas de violencia de género, según sentencia judicial.
- No recibían pensión compensatoria, en cuyo caso la duración de la pensión de viudedad será equivalente al tiempo vivido con la persona fallecida.
- Distribución entre múltiples beneficiarios
- Si hay varios beneficiarios, la pensión se repartirá proporcionalmente, basándose en el tiempo que cada uno vivió con el fallecido.
Cobertura en separaciones prolongadas
No se requiere estar recibiendo pensión compensatoria para acceder a la pensión de viudedad si la separación ocurrió antes de esta fecha y no han transcurrido más de 10 años hasta el fallecimiento, siempre que haya hijos en común o el solicitante tenga más de 50 años.
Las personas que se separaron a partir de esta fecha y cumplan más de 65 años, no tengan otra pensión pública y el matrimonio haya durado más de 15 años, tienen derecho a la pensión de viudedad, incluso sin haber recibido pensión compensatoria.
¿Qué pasa si te has vuelto a casar?
Las personas que se han vuelto a casar pueden acceder a la pensión de viudedad bajo condiciones específicas, principalmente para divorcios antes de 2008, siempre que la pensión de viudedad constituya la principal fuente de ingresos y que estos no superen el doble del SMI.
La pensión de viudedad ofrece un soporte crucial para los cónyuges y excónyuges en momentos difíciles. Conocer estos detalles te ayudará a entender mejor tus derechos y a prepararte adecuadamente para gestionar tus reclamaciones ante la Seguridad Social.
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