Arucas

Arucas busca un plan general que regularice la autovía del Norte y proyecte más viviendas

El Ayuntamiento saca a consulta las líneas básicas del futuro ordenamiento urbanístico

La autovía del Norte a su paso por la costa de Bañaderos de Arucas, tras su ampliación.

La autovía del Norte a su paso por la costa de Bañaderos de Arucas, tras su ampliación. / LP / DLP

Javier Bolaños

Suelos urbanizables suspendidos porque el planeamiento en vigor incumple la legislación territorial; e infraestructuras de reciente construcción fuera de ordenación, como la ampliación de la autovía del Norte (GC-2), las circunvalaciones con Las Palmas de Gran Canaria y Firgas, el paseo marítimo de Los Charcones, y la desaladora y depuradora. Estos son algunos de los problemas que trata de resolver el Plan General de Ordenación de Arucas, que se encuentra en su fase inicial de consulta pública, después de que el anterior aprobado en 2014 fuera anulado por el Tribunal Supremo hace tres años por un defecto de forma, lo que ha obligado a que el municipio se haya visto obligado a retrotraerse a las Normas Subsidiarias que vieron la luz hace cuatro décadas para tener un marco de gestión urbanística.

El Ayuntamiento de Arucas abrió este lunes un periodo de consulta que se prolongará durante dos meses para que los vecinos del municipio puedan presentar sugerencias y opiniones en esta primera fase sobre la necesidad y oportunidad del nuevo Plan General, un «instrumento que permitirá definir el nuevo modelo de ordenación territorial y urbanística, incorporando las determinaciones que regularán las actividades y los usos permitidos en el suelo y las edificaciones, dentro del marco de la legislación sectorial y del planeamiento territorial insular».

El documento de análisis preliminar reconoce que «las Normas Subsidiarias no reflejan el estado actual del suelo urbano del municipio, no diferenciando además entre la categoría de suelo urbano consolidado y la del suelo urbano no consolidado, con la consiguiente influencia en el régimen de derechos y deberes para los propietarios de las parcelas, solares o edificaciones afectadas, para la ejecutar y completar la urbanización, la solicitud de las autorizaciones administrativas, el desarrollo de la edificación y de los usos previstos y compatibles con la ordenación.

Numerosos terrenos para la construcción de inmuebles están suspendidos tras el fallo del Supremo en 2020

Los autores del documento apuntan que la práctica totalidad de los suelos urbanizables de crecimiento residencial, se encuentra en la actualidad suspendido, al haber sido clasificados por un planeamiento no ajustado a la legislación territorial y urbanística vigente por anularse el anterior.

¿Cómo queda?

De igual forma, las Normas Subsidiarias en vigor tras el fallo judicial de 2020 no recogen respecto al suelo rústico las diferentes variables de protección reguladas, como puede ser el caso del suelo rústico de protección natural, cultural, costera, agraria, hidrológica, minera, asentamiento rural, e infraestructuras, entre otras, ni se adecúan los usos permitidos o compatibles al régimen de usos establecido por la normativa específica.

Vias área de la costa de Arucas, con su autovía.

Vias área de la costa de Arucas, con su autovía. / LP / DLP

Tampoco se contempla en las Normas Subsidiarias la totalidad de las infraestructuras construidas en el municipio posteriormente a la fecha de su aprobación. En este listado se encontrarían algunas tan relevantes como la ampliación de la autovía GC-2 (por la costa norte), las circunvalaciones de Las Palmas de Gran Canaria con Arucas y la que conduce a Firgas, la vía peatonal-carril bici entre el casco de Arucas y Santidad, el paseo marítimo de Los Charcones, la desaladora Arucas-Moya (IDAM), al igual que las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR en Bañaderos y Cardones), con la correspondiente influencia en su entorno territorial.

El principal problema que se pretende solucionar es la actualización y adecuación del planeamiento urbanístico, tanto a la legislación territorial y urbanística vigente como a la realidad territorial del municipio, «eliminando con ello los obstáculos que puede conllevar tal situación para el desarrollo por parte de la ciudadanía y organismos de las actuaciones y usos sobre el territorio, tanto en el suelo urbano (residencial, vivienda protegida, terciario, turístico, equipamientos…), como para aquellos usos permitidos por la legislación en el suelo rústico (agrícola, ganadero, forestal, extractivo, infraestructura, actuaciones de interés público o social)», según el texto.

Dotaciones deportivas, sanitarias y culturale

A su vez, se deberá dar respuesta a las necesidades propias de los núcleos urbanos, «ordenándolos y localizando las dotaciones precisas para el acceso de la ciudadanía del municipio a unos servicios públicos eficientes y a una mejor calidad de vida (espacios libres, áreas deportivas, dotaciones sociales, sanitarias-asistenciales, culturales, educativas, administrativas, áreas de aparcamiento...), incorporando criterios de cercanía y disminuyendo las necesidades de movilidad».

El Plan General persigue la ordenación de aquellos usos y edificaciones preexistentes en el territorio no acordes con el planeamiento o la legislación vigente, y que, en el marco de la legislación territorial y urbanística, puedan tener cobertura con la nueva ordenación que se proponga y apruebe con el consenso social, como puede ser el caso de la delimitación de los asentamientos rurales, reconocimiento y delimitación de los suelos urbanos actualmente en suelo rústico, y la ordenación de los núcleos costeros de San Andrés y El Puertillo, entre otros.

Cuatro décadas de retraso

El Tribunal Supremo anuló el 14 de octubre de 2020 los acuerdos de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) de 20 de diciembre de 2013 y 30 de junio de 2014 de aprobación del Plan General de Ordenación del año 2014. Como consecuencia de esta última sentencia, el documento urbanístico vigente en Arucas es el conformado por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, aprobadas definitivamente el 22 de febrero de 1984 (BOP de Las Palmas de 11 de abril de 1984), y la Modificación de la Normativa Urbanística y algunos Sectores de Suelos Aptos para Urbanizar, aprobada definitivamente por Política Territorial el 16 de abril de 1997. Las Normas Subsidiarias son, por tanto, un documento aprobado hace cuatro décadas que no se encuentra adaptado a la legislación ambiental y urbanística vigente para Canarias. El objetivo es que el nuevo Plan General de Arucas entre en vigor en 2027.

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