La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La juez da la razón al Ayuntamiento e impide el derribo del edificio Panasco

La propietaria pidió la demolición en 2005, pero el Cabildo se opuso al estar en el entorno del BIC El Mercadillo

La juez da la razón al Ayuntamiento e impide el derribo del edificio Panasco

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo no6 de Las Palmas ha dado la razón al Ayuntamiento de Arrecife y evita, por ahora, que la propietaria del conocido como edificio Panasco , con fachadas a la calle León y Castillo y José Molina, proceda a su demolición. La representación legal de la dueña, que ya ha recurrido el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, solicitó licencia de derribo al consistorio el 18 de enero de 2005.

La magistrada de lo Contencioso Administrativo Sagrario Tovar de la Fe denegó el recurso de la demandante, María Dolores Panasco, contra la decisión del Ayuntamiento de 12 de agosto de 2011 que rechazó que la interesada obtuviera la licencia de demolición del inmueble, que tiene dos plantas, por silencio administrativo.

Según la sentencia, no puede otorgarse la licencia por silencio administrativo, dado que el área de Patrimonio del Cabildo de Lanzarote había informado de forma desfavorable a la petición de tirar la construcción por su inclusión en el catálogo provisional de Bienes de Interés Cultural (BIC). El edificio Panasco está dentro del entorno de protección del centro comercial El Mercadillo, situado también en la calle León y Castillo (Calle Real).

El juzgado recuerda que "desde el 22 de julio de 2004 ya se había producido la incoación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de una edificación denominada El Mercadillo [con la categoría de monumento] que afectó a la fachada del edificio Panasco, no pudiéndose conceder licencia sin autorización de aquel [en referencia al Cabildo], el cual la rechazó, sin que la recurrente formulase recurso contra dicho acto insular por lo que ningún reproche puede hacerse a la decisión municipal". Si se hubiera dado el permiso, no solo se incumpliría la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, sino también el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias.

Un inmueble centenario

Con su resolución la magistrada respalda la actuación del ayuntamiento y los argumentos esgrimidos por el abogado de la administración local en este procedimiento Agustín Domingo Acosta.

La recurrente alegó en su defensa la supuesta inclusión del edificio Panasco en el Catálogo Municipal de Bienes Protegidos, cuyo acuerdo plenario de aprobación inicial por parte del Ayuntamiento de Arrecife de 19 de mayo de 2006 y la consiguiente suspensión de otorgamiento de licencias urbanísticas anuló el TSJC así como la aprobación definitiva, también invalidada por el mismo tribunal el 14 de febrero de 2011. A lo anterior la recurrente añade que la publicación en el BOP de la suspensión de la concesión de licencias se publicó el 15 de julio de 2005, seis meses después de pedir el derribo.

El comercio de moda situado en la primera planta del edificio Panasco cerró sus puertas hace unos dos meses. El piso superior es un añadido. El anterior propietario, Rafael Cabrera Martinón, solicitó autorización al consistorio capitalino en 1912 para construir el segundo nivel. Sobre la puerta central del comercio se instaló un balcón de forja, ya desaparecido, y se aprovechó para forrar la fachada con azulejos.

Compartir el artículo

stats