El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife ha absuelto a los tres procesados del delito de prevaricación por la decisión del Cabildo de Lanzarote de incautarse en 2014 de la planta desaladora de la empresa Club Lanzarote, en Montaña Roja (Playa Blanca), en el municipio de Yaiza, entre ellos su entonces presidente, Pedro San Ginés, de Coalición Canaria (CC). Los otros dos investigados también absueltos son Francisco Perdomo y José Juan Hernández Duchemín, ambos cargos en el Consejo Insular de Aguas en ese periodos, quienes se enfrentaban a solicitudes de condena de 12 años de inhabilitación formuladas por los exconsejeros de Podemos Carlos Meca y Pablo Ramírez, la única acusación personada en la causa.

Asimismo, en la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, hecha pública ayer, se condena en costas a la acción popular -los exconsejeros insulares de Podemos Carlos Meca, Pablo Ramírez y Plácida Martín- al haber apreciado «temeridad o mala fe» en su actuación.

La sentencia no entra en el fondo del asunto y no analiza si San Ginés, Francisco Perdomo (exsecretario del Cabildo y del Consejo Insular de Aguas) y José Juan Hernández Duchemín (exgerente del Consejo de Aguas) prevaricaron o no al ordenar la inacutación de la desaladora de Montaña Roja, porque la jueza concluye que, en realidad, ya no hay ninguna acusación válida contra ellos.

Este procedimiento llegó a juicio solo por el impulso de los exconsejeros de Podemos en el Cabildo Carlos Meca, Pablo Ramírez y Plácida Martín, la única acusación personada en la causa después de que Club Lanzarote llegara a un acuerdo con el corporación insular y retirara su querella y el Ministerio Fiscal se abstuviese de formular cargos, al no apreciar delito alguno en los hechos.

El fallo condena al pago de costas a los tres exconsejeros morados por mala fe y temeridad

El problema es que la acusación popular no la ejercían Meca, Ramírez y Martín, sino que en su momento se registró formalmente a nombre del grupo Podemos en el Cabildo de Lanzarote, representado entonces por esos tres consejeros. Pero, como alegaba la defensa, el grupo político Podemos del Cabildo desapareció en 2019.

La jueza de lo Penal acepta en su sentencia esa impugnación de la defensa y subraya que Meca, Ramírez y Martín no subsanaron a tiempo esa cuestión, por lo que considera que ya no están legitimados para ejercer la acusación, ya que en realidad representan a una entidad, el grupo Podemos del Cabildo de Lanzarote, que ya no existe.

Por ello, al no haber ninguna otra acusación personada el expediente, la sentencia absuelve a los tres procesados sin más consideraciones: no se les puede condenar -en realidad, ni siquiera enjuiciar- si no hay una acusación válida contra ellos.

La Audiencia ordenó el juicio

En este caso, la justicia acabó revocando la incautación de la desaladora de Montaña Roja por la vía contencioso administrativa, al haber incurrido en la comisión de varias irregularidades tras estimar el recurso presentado por la empresa Club Lanzarote en 2016

Cuando la empresa perjudicada llevó el caso a la justicia penal, el juzgado que inició la instrucción lo sobreseyó provisionalmente, pero fue la Audiencia de Las Palmas la que ordenó que se retomase, porque apreciaba indicio de que San Ginés, Perdomo y Hernández Duchemín podían haber cometido prevaricación, delito del que han sido absueltos, al igual que Pedro San Ginés.