1 Una ecuación penal difícil de despejar

Los nueve miembros del jurado quedaron incomunicados a última hora de la tarde del viernes tras recibir el objeto del veredicto. No hubo protestas de las partes, sólo matizaciones de acusación y defensa para adecuar sus conclusiones a los hechos que deberán o no quedar probados, toda una batalla jurídica e invisible, que subyace tras el juego de emociones desplegado en estos cinco días de juicio. El tribunal comenzó a deliberar ayer a las 09.00 horas y no hubo acuerdo. Hay mucha prueba que analizar. La gran decisión se espera para hoy. ¿Lesiones con resultado de muerte, homicidio o asesinato? Todo se resume a esa ecuación penal.

2 El dilema: ¿hubo ánimo de matar o de lesionar?

¿Hubo ánimo de lesionar o de matar a Iván Robaina? El joven universitario, de 19 años, falleció por una combinación de dos patadas mortales que recibió en la cabeza. Estaba en el suelo, porque previamente fue derribado de otra patada. ¿Los tres acusados propinaron esos golpes con la intención de matar a su víctima? El fiscal y la acusación particular sostienen que sí, porque al menos tuvieron presente esa posibilidad como resultado de su acción. A eso se le llama dolo eventual, un concepto jurídico complejo, que el abogado de los padres de Iván, José María Palomino, explicó por la violencia y localización de las patadas.

3 La frontera entre homicidio y asesinato

Una vez resuelto el problema de la tipicidad penal, esto es, si estamos ante un delito de lesiones con resultado de muerte o ante un homicidio, el jurado deberá abordar las circunstancias en las que se produjo la agresión. Las acusaciones plantean que no sólo hubo ánimo de matar, sino que además el ataque fue súbito y a traición, pues, según sus conclusiones, Oliverio Hernández golpeó al joven por la espalda, y Acaymo Santana y Benjamín González se aprovecharon de que estaba en el suelo para rematarlo. Eso, de quedar probado, convertiría el homicidio en un delito de asesinato con alevosía.

4 La espinosa cuestión de la participación

La otra gran dificultad a la que se enfrenta el jurado es concretar la participación de los procesados. ¿Actuaron de forma conjunta para asesinar a su víctima? Las acusaciones lo creen así, incluso el abogado de los padres de la víctima, José María Palomino, se sacó una carta de la manga y también acusó a Oliverio como inductor del supuesto asesinato, con el argumento de que previamente persuadió a sus dos amigos para que participaran en la pelea. Si el tribunal lo considere culpable de los dos comportamientos, el magistrado deberá resolver en la sentencia ese conflicto de normas. La pena es la misma en ambos casos.

5 La dudas que siembra la defensa

Las defensas consideran que hay una ruptura causal entre la actuación de los procesados y el resultado, es decir, que las patadas le ocasionaron unas lesiones cervicales e Iván murió por las maniobras de reanimación. También argumentan que no hubo acuerdo previo para actuar de manera conjunta. Por eso la defensa de Oliverio entiende que éste sólo es responsable de una falta de lesiones, pues su patada sería anterior a las otras, fue en el muslo y no guarda relación con la gravedad de las otras dos. Además, el tribunal deberá aclarar si concurren las atenuantes de intoxicación por drogas, arrebato y obcecación.