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Tribunales

Seis años de cárcel por abusar de su sobrina política de 14 años en un descampado

El hombre fue condenado anteriormente por un delito de exhibicionismo del que fue víctima la misma menor

El acusado de abusar sexualmente de su sobrina política en Marzagán Andrés Cruz

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha impuesto una condena de seis años de cárcel a un hombre de 46 años por agredir sexualmente a la que era su sobrina política de 14 años en un descampado en Marzagán

El fallo del magistrado presidente de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, Emilio Moya, considera probado que la tarde del 8 de septiembre de 2017 el procesado O. H. circulaba en su vehículo en las proximidades del Instituto de Educación Secundaria Omayra Sánchez cuando «advirtió la presencia de la menor» que contaba con 14 años al momento de los hechos y con la que «ya había tenido problemas judiciales anteriores por los que había resultado condenado». Al verla detuvo su furgoneta y cuando la víctima le miró «salió corriendo» por un campo de tierra «por miedo al acusado y éste la persiguió hasta que la alcanzó y cuando lo hizo, le agarró por la ropa, la tiró al suelo y le propinó golpes». Además, «con evidente ánimo libidinoso, le quitó el pantalón tipo peto que llevaba puesto dejándola en ropa interior y le tocó los genitales». 

La víctima, reseña la sentencia, «se resistió como pudo» lanzándole patadas, y golpes hasta que logró zafarse del que fue su tío político. Cogió su ropa y se marchó corriendo del lugar. La menor especificó en el juicio, entre sollozos, que se echó a correr «porque tenía miedo, él me persiguió y me intenté esconder pero me encontró”. Matizó, además, ante el juez que había acudido al psicólogo a raíz de estos hechos. «Me he autolesionado, intenté quitarme la vida y tengo depresión por lo que me hizo”, detalló entre lágrimas a la vez que indicó que no recordaba tantos detalles del ataque porque se enfocó en llegar a su casa «viva y sin que me pasará nada».

«Me he autolesionado, intenté quitarme la vida y tengo depresión por lo que él me hizo”, narró la menor en el juicio

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El fallo por su parte estima probado que el acusado le agarró por a ropa, la tiró al suelo y le propinó golpes porque la médico forense Soledad Heredia destacó que sufrió unas lesiones en la rodilla izquierda, en el tobillo izquierdo, así como equimosis y/o hematomas en el cuello «compatibles con la defensa de la niña». En cuanto al relato de la víctima el fallo es claro y es que considera que no existe motivo alguno para dudar del testimonio de ella ya que a comparación con el prestado en sede policial y ante el juez instructor no hubo contradicciones aunque en esos relatos añadía que el acusado le había penetrado con un dedo pero que el Ministerio Fiscal no acusaba por ello ya que en los informes de urgencias y el de lesiones se menciona que no hubo penetración y, ante la duda, no se formula acusación en esos términos. 

Resalta, además, que la menor estaba «destrozada» al momento de su declaración en que la que detalló los hechos «tal cual los vivió» por parte del acusado que anteriormente fue condenado a pagar una multa y a la prohibición de acercarse a la menor durante ocho meses por meterla dentro de su furgoneta para masturbarse delante de ella por el Juzgado de Instrucción número 5 de Las Palmas de Gran Canaria el 22 de junio de 2015 producto de una conformidad y el 26 de enero de 2016 el Juzgado de Instrucción número 2 de Las Palmas de Gran Canaria le impuso cuatro meses de cárcel por quebrantar la orden de alejamiento acordada en la sentencia de 2015, pena que le fue suspendida con la condición de no delinquir en los siguientes tres años. 

Así, la Sala le condena a seis años de prisión por un delito de agresión sexual, con la prohibición de comunicarse y/o acercarse a la víctima y a la obligación de participar en programas de educación sexual por el mismo tiempo de la condena. Impone también una indemnización de 30.000 euros para la madre de la menor por ser la representante legal de la niña por daños morales e interesa que una vez que sea firme la sentencia se remita al Juzgado de lo Penal número 6 de Las Palmas de Gran Canaria para revocar, si procede, la suspensión de la ejecución de la pena de cuatro meses de cárcel impuesta en 2016.

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