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La jueza investiga las elecciones del colegio médico sin suspender el proceso

El Juzgado Contencioso-Administrativo 6 admite el recurso de la lista expulsada, aunque desestima sus medidas cautelares

Miembros de la lista Médicos por el Cambio ante el Colegio de Las Palmas, a mitad de mayo. JUAN CASTRIO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria investiga las presuntas irregularidades del proceso electoral en el Colegio de Médicos de Las Palmas. La magistrada Sagrario Tovar de la Fe admitió a trámite el recurso interpuesto por Médicos por el Cambio, lista expulsada del proceso por un defecto formal y liderada por Luis Miguel Pérez Morales, pero rechazó su solicitud de medidas cautelares contra las decisiones adoptadas por la Junta Electoral de la institución profesional, que a mitad de abril proclamó como única candidatura válida la plancha encabezada por Pedro Luis Cabrera Navarro y su automática designación como Junta Directiva de la entidad provincial por cuarto mandato consecutivo.

Con fecha 7 de junio, el auto judicial constata la "inexistencia de un concreto periculum in mora [peligro por la mora procesal] justificativo de la suspensión" del acuerdo colegial que rechazó el recurso de reposición de Médicos por el Cambio contra su inelegibilidad por las supuestas diferencias entre las firmas presentadas por el internista lanzaroteño José María Morán Dacal, aunque el aspirante anulado acudió a la sede de la entidad en Arrecife para renovar su rúbrica y añadió a los documentos de subsanación de defectos la estampa del sello personal e intransferible otorgado por el Servicio Canario de la Salud. Y, por tanto, tampoco admite el auto, contra el que cabe recurso en quince días, las restantes medidas cautelares solicitades, entre otras, la proclamación provisional de la candidatura de Pérez Morales y la posterior celebración de elecciones en la corporación privada de derecho público.

Para la jueza, la petición cautelar de Médicos por el Cambio "supone no solo la suspensión de un acto de contenido negativo con otorgamiento provisional de lo denegado por la administración, sino el adelantamiento total de un fallo estimatorio, obviando la resolución impugnada". Es decir, Tovar de la Fe mantiene la situación actual hasta resolver el fondo del conflicto.

"Periculum' equivalente"

Aunque los recurrentes denuncian la privación del legítimo derecho al voto de los colegiados por supuestas infracciones administrativas, según el auto, el asunto no puede zanjarse con las medidas cautelares "al no ser el incidente de suspensión un trámite idóneo para decidir la cuestión que es objeto del pleito principal, sin que exista una evidencia absoluta de ilegalidad de resolución impugnada que pudiera justificar una apariencia de buen derecho".

A juicio de la magistrada, la convocatoria de otros comicios no constituye la finalidad del recurso, "sino que alcanza a obtener una regular constitución de la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Las Palmas", objetivo del pronunciamiento de fondo. Al observar " periculum equivalente" o "daños simétricos" tanto si acepta como si rechaza las medidas cautelares el juzgado, "debe prevalecer los intereses no solo profesionales que representa el Colegio de Médicos sino también de la candidatura proclamada".

No en vano, la Junta Directiva "habría funcionado durante un tiempo con una composición irregular" tanto si el órgano se modifica por la medida cautelar y el recurso decae como si la cúpula se mantiene y el contencioso prospera. En definitiva, "no se aprecia el perjuicio o daño irreparable", considera Sagrario Tovar al argumentar que, si la resolución final estima el actual recurso, "procedería a la proclamación de la candidatura en cuestión y la celebración de nuevas elecciones".

Además, el rechazo de las medidas cautelares "no impediría que el recurso pierda su finalidad legitima ante una eventual sentencia estimatoria, pues sería posible para tal caso retrotraer el procedimiento electoral al momento anterior en que se estimen producidas vulneraciones durante su tramitación". Todo permanece igual, por ahora, hasta el fallo definitivo.

Aunque el Juzgado Contencioso-Administrativo Número 6 de la capital grancanaria no observa "evidencia absoluta de ilegalidad" en el rechazo de la Junta Electoral al recurso de reposición de Médicos por el Cambio, desde la lista anulada cuestionaron a finales de mayo la idoneidad de la presidenta del órgano, Gloria Isabel Rodríguez Guerra, ya que se hallaba en situación de incapacidad temporal para ejercer la profesión sanitaria. A pesar de encontrarse de baja médica, ausente por tanto de su destino laboral como pediatra del centro de salud de Teror, la máxima responsable electoral del Colegio de Médicos de Las Palmas adoptó decisiones sobre el proceso en reuniones celebradas hasta las 22:50 o 23:35 horas, según consta en las propias actas de la entidad profesional.

Además, Gloria Rodríguez y el secretario de la Junta Electoral, Woorym Chang Lee, quisieron hacer constar en acta que las críticas públicas de Luis Miguel Pérez, médico de familia en el centro de salud de Arucas, a la exclusión de su candidatura "pueden ser constitutivas de infracción al código deontológico, reservándose las acciones que puedan corresponderle ante la Comisión de Bioética". Por el momento, no consta el inicio de acciones ante el órgano deontológico o los tribunales ordinarios contra Médicos por el Cambio por parte de la corporación profesional de Las Palmas, presidida por el neumólogo Pedro Luis Cabrera desde 2006.

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