El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación del Gobierno de Canarias contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de aplicar el toque de queda en las islas ante el avance de contagios por covid-19 en Canarias.

El Supremo asesta un varapalo al Gobierno de Canarias y da la razón al TSJC con la publicación este martes, 27 de julio, de su sentencia sobre el recurso del Ejecutivo autónomo contra el auto judicial que tumbó el toque de queda en Canarias. Tilda la medida de desproporcionada y carente de justificación, al tiempo que encuentra falta de claridad en el Gobierno en la exposición de sus argumentos.

En concreto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto de 14 de julio del Tribunal Superior de Justicia canario que acordó no autorizar el ‘toque de queda’ entre las 0.30 y las 6 horas de la isla de Tenerife, o subsidiriamente, en los municipios de dicha isla con una tasa superior de incidencia COVID superior a 100 casos por 100.000 habitantes. Esta propuesta de limitación de la libertad de circulación de las personas en Tenerife se adoptó por el Gobierno canario el 8 de julio pasado.

El alto tribunal considera ahora que el auto del TSJC concluyó de forma razonada que "carece de justificación la limitación de la libertad de circulación propuesta a la vista de las circunstancias concurrentes en la isla de Tenerife", y que dicha medida restrictiva no era proporcional.

El Supremo hace referencia a su reciente sentencia en la que avaló el confinamiento del municipio de Peal de Becerro (Jaén), y destaca que "en ese caso la tasa de incidencia era más de diez veces superior a la planteada ahora" y, además, se argumentó "la alta presencia de asintomáticos y el porcentaje de vacunación, entre otras razones que hacían ineficaces otras medidas diferentes a la adoptada". En esta línea, el Supremo indica que en esa localidad de Jaén se planteaba un cierre perimetral y no un ‘toque de queda`, “que exige una mayor justificación" sobre las medidas indispensables para salvaguardar la salud pública.

Coincide también con la Sala del TSJC en la "poca claridad" en el planteamiento de la pretensión del Gobierno canario. Así, resalta que “la petición principal era la autorización del ‘toque de queda’ en toda la isla de Tenerife pese a que las cifras aportadas respecto a los distintos municipios identificados no son homogéneas”.

Por todo ello, el Supremo se cura en salud y argumenta que no existe contradicción entre el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y el realizado por los tribunales superiores de Valencia, Cataluña y Cantabria, ya que "el Gobierno canario no acreditó que las circunstancias de Tenerife sean coincidentes con las examinadas por esos otros tribunales".

En este sentido, expone que esas otras administraciones autonómicas “fundamentaron su pretensión de ratificación de las medidas con apoyo en los datos de la alta incidencia del número de contagiados y de su presión en el sistema sanitario, lo que la Sala de Canarias echa de menos en este caso”.