"Al conductor no se le multa porque hable con su acompañante, se le multa porque en varias ocasiones retira la vista de la carretera para mirar a su acompañante en una zona de continuas curvas y un carril por cada sentido". Esa es la explicación que fuentes no oficiales de la Guardia Civil dan sobre la sanción de 80 euros que el pasado viernes un agente del Subsector de Tráfico de la Comandancia de Las Palmas realizó sobre Armando Chiriqui, quién reconoce los hechos, cuando éste conducía su furgoneta e infringió el artículo 18 del Reglamento General de Circulación al presuntamente no prestar la atención adecuada a la vía.

Y es que el apartado 1 de este artículo señala que "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía".

En el caso ocurrido la mañana del pasado viernes, los dos agentes motorizados de la Guardia Civil de Tráfico del destacamento de Santa María de Guía circulaban por el kilómetro 4 de la carretera GC-43, entre los municipios de Arucas y Teror. Poco después de pasar la localidad de Los Portales fue cuando los guardias civiles percibieron cómo presuntamente Armando Chiriqui iba conduciendo su vehículo y hablando con el copiloto. Además, constatan que éste aparta la mirada de la carretera en varias ocasiones durante un tramo de unos 200 metros, por lo que deciden que pare la furgoneta en la gasolinera situada después de una curva de 180 grados, apuntaron las mismas fuentes consultadas.

Una vez detenido, los agentes informaron al conductor de que iba a ser denunciado por "conducir un vehículo sin mantener la atención permanente a la conducción; mantiene conversaciones con el acompañante contiguo mirando en repetidas ocasiones", tal y como se recoge en la denuncia. A ello se une, aunque no se detalla en el escrito, la vía por la que circulaba, de un carril por cada sentido y con continuas curvas, como indicaron las fuentes consultadas.

El propio agente también indicó al denunciado que la sanción podría haber sido mayor en caso de que fuera invadiendo el carril contrario o haciendo zig-zag, en cuyo caso podría ser considerada una infracción contra la seguridad vial por conducción temeraria, lo que conllevaría consigo una multa de 500 euros y 6 puntos del carné de conducir.

Sobre los hechos, Armando Chiriqui confirmó ayer que desvió la mirada de la carrera. "Lo miré alguna vez [a su acompañante], pero no tanto como para multarme y de ahí mi asombro", indicó. Acerca del tipo de vía por el que circulaba, de doble sentido y con curvas, apuntó que "sinceramente, he pasado mil veces como lo hice ese día y de la misma forma", por lo que consideró inapropiada la sanción.

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), su secretario en Las Palmas, Juan Couce, apuntó ayer que "tras escuchar varias entrevista, el sancionado reconoce que mira hacia otro lado y no sabe cuánto tiempo llevaba la Guardia Civil detrás de él, por lo que la denuncia estoy seguro que está bien puesta", aunque precisó que "en otro tipo de vía quizás no se hubiera multado sino que se le habría apercibido verbalmente".

Sobre este cambio de denunciar a advertir, Couce aseguró que "la normativa que la Agrupación de Tráfico tiene para cobrar la productividad por objetivos barema la denuncias, los auxilios, los atestados, y en ese baremo las denuncias tienen un peso importante, por lo que puede ser que influyan para realizar este tipo de multas".