PATRIMONIO

Las Palmas de Gran Canaria descataloga una vivienda de Bravo Murillo por orden judicial

La Sala Segunda del Contencioso Administrativo del TSJC sentenció en 2022 que estaba "erróneamente" incluido en el Catálogo de Protección del PGO de 2012

El pleito con los dueños se inició cuando solicitaron una licencia de obra y fue denegada. Los propietarios podrán demoler el inmueble y construir otro

Fachada del edificio de la calle Bravo Murillo, número 10, en una foto de archivo.

Fachada del edificio de la calle Bravo Murillo, número 10, en una foto de archivo. / ANDRÉS CRUZ

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha descatalogado un inmueble de la calle Bravo Murillo del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica del Plan General de Ordenación Urbana 2012 para dar cumplimiento a una sentencia, fechada el 1 de septiembre de 2022 y dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, después de que sus dueños planteasen en 2018 un pleito a la administración municipal por no estar de acuerdo con dicha calificación. Tras la desprotección, los dueños tienen vía libre para la demolición del inmueble.

El Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas anunciaba este lunes la corrección de los datos en el Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica, después de que el 2 de febrero de 2023 Urbanismo tomará cuenta de la sentencia de carácter firme. El cumplimiento de la rectificación fue aprobada en la sesión ordinaria del pasado 22 de marzo del pleno municipal. La sentencia de la Sala Segunda de lo Contencioso -Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 2022, considera que el inmueble estaba "erróneamente catalogado" en el PGO de 2012, tal y como ya informó La Provincia en su momento, "al no existir los valores que lo justifican debido a las sucesivas reformas que ha sufrido". 

Calle histórica

El edificio en cuestión está situado en el número 10 de la calle Bravo Murillo, aunque también tiene salida por Colmenares 13. Se trata de una vivienda centenaria de dos plantas de tipo residencial con un bajo dedicado a zona comercial. El inmueble se encuentra en una de las calles más relevantes de la historia de Las Palmas de Gran Canaria, ya que fue un eje para la expansión de la ciudad tras el derribo de la muralla norte del siglo XVI, que acordonaba el casco histórico de Vegueta y Triana, hacía 1852. Precisamente, a ambos lados de la vía, conocida antes por el paseo de Los Castillos, hay varias casas incluidas en el Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica del Plan General de Ordenación Urbana de 2012 y en el Plan Especial de Protección Vegueta-Triana (2018) puesto que Bravo Murillo se encuentra en el límite del sector de Triana y el comienzo del barrio de Arenales. Uno de los edificios más emblemáticos es la sede del Cabildo de Gran Canaria, obra del arquitecto Miguel Martín-Fernández de la Torre.

La vivienda, que tiene también entrada por la calle Colmenares, es obra del arquitecto grancanario Fernando Navarro, aunque ha sufrido varios cambios

En la ficha del inmueble (ARQ-385) del Catálogo Municipal de Protección Arquitectónica del Plan de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria se especificaba para reseñar su protección que se trataba de "un ejemplo de arquitectura académica que ilustra gran parte de la arquitectura del barrio de Triana y forma unidad con otras edificaciones de la calle", pese a las modificaciones que a lo largo del tiempo sufrió el edificio. La vivienda, de 207 metros cuadrados es obra del arquitecto grancanario Fernando Navarro, diseñador de varias casas a principios del siglo XX.

Informes periciales

El pleito de los dueños con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria comenzó en 2018 cuando la comunidad López Díaz CB solicitó licencia para el derribo de la casa y la construcción de otro de cinco plantas, que fue denegada por estar la vivienda protegida. El juzgado de lo Contencioso- administrativo, número 2, dio el 3 de marzo de 2020 la razón a los propietarios tras escuchar los informes periciales sobre el valor patrimonial del inmueble de ambas partes. Y declaró nula la resolución número 39360/2018, de 17 de octubre, de la Dirección General de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que denegaba la licencia urbanística para la demolición integral del edificio.

El arquitecto Ovidio Macho Mishal, en representación de los propietarios, alegó que el edificio sufrió a mediados de los años 60 del pasado siglo un cambio estructural importante, que eliminó los muros de carga y patio antiguos, por un sistema de pilares y forjados de hormigón armado, por lo que no había ningún valor tipológico que proteger. En su exposición, argumentó además que en dicha ficha no se incluía esa transformación, que afectaba a su distribución original. También hubo modificaciones en la fachada en la década de los 80.

El entonces arquitecto municipal Juan Padrón Valido argumentó, por su parte, la antigüedad del edificio, además de ser construido con técnicas artesanales y el uso de materiales nobles, entre otras cuestiones, y de constituir una pieza de arquitectura clásica junto a otros edificios de la zona de Arenales, realizada por Fernando Navarro, aunque reconoció que la ficha del catálogo no se ajustaba a la realidad.

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