Atropella a un guardia civil en un punto de control de alcoholemia en Canarias

Los hechos ocurrieron en la mañana del domingo, cuando realizando un punto de verificación de alcohol y drogas por parte de los agentes se dio el alto a un vehículo cuyo conductor, tras reducir la velocidad en un primer momento, aceleró bruscamente, arrollando a un guardia civil tras iniciar su huida, provocándole diversas lesiones y teniendo que ser trasladado a un centro hospitalario

Atropella a un guardia civil en un punto de control de alcoholemia en Canarias

Atropella a un guardia civil en un punto de control de alcoholemia en Canarias

El Juzgado de Instrucción nº 3 de Santa Cruz de Tenerife ha decretado el ingreso en prisión de un varón de 32 años que fue detenido por agentes de la Guardia Civil, pertenecientes a la Agrupación de Tráfico, acusado de atentado contra agente de la autoridad, conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y conducción temeraria.

Los hechos ocurrieron en la mañana del domingo, cuando realizando un punto de verificación de alcohol y drogas por parte de los agentes se dio el alto a un vehículo cuyo conductor, tras reducir la velocidad en un primer momento, aceleró bruscamente, arrollando a un guardia civil tras iniciar su huida, provocándole diversas lesiones y teniendo que ser trasladado a un centro hospitalario.

Tras los hechos se dispuso un dispositivo para la búsqueda y localización del acusado, a través de la coordinación con otras patrullas de la Guardia Civil, consiguiendo localizar el vehículo y la detención del conductor, que pasó a disposición del Juzgado de Instrucción nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, el cual decretó su ingreso en prisión.

El delito de atentado contra agente de autoridad se encuentra penado en el artículo 550.2 del Código Penal con una pena privativa de libertad de 6 meses a 3 años. El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas está regulado en el artículo 379.2 del Código Penal, que establece prisión de 3 a 6 meses o con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días y en cualquier caso con la privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por el tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Y el delito de conducción temeraria, que se encuentra estipulado en el 380.1 del Código Penal, castiga con penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.