Sucedió en los tribunales: la niñera asesina que llevó el luto a San Bartolomé de Tirajana

La pequeña Estephanie Krause, de tres años, murió en 1988 a manos de su canguro por la frustración que le provocó la ruptura con su novia

La condenada Soledad Hernández es trasladada por agentes de la Policía el día del juicio en su contra en la Audiencia Provincial.

La condenada Soledad Hernández es trasladada por agentes de la Policía el día del juicio en su contra en la Audiencia Provincial. / Juan Gregorio

La sociedad grancanaria, y también de Alemania, quedó conmocionada en julio de 1988 al conocer que la niñera de una pequeña, natural de ese país, la asesinó después de una acalorada discusión con su pareja sentimental. El caso de Estephanie Krause terminó con una condena ejemplar del tribunal.

La pequeña Estephanie Krause, de tres años, fue la víctima de un «ambiente de nervios y de hostilidad» en el apartamento en el que pasaba la mayor parte del día al cuidado de su canguro. Es una de las contundentes conclusiones de la sentencia que condenó, en 1989, a Soledad Hernández a 26 años de prisión por haber asesinado a golpes al bebé que tenía a su cargo. Este caso, con ecos internacionales ya que la madre de la víctima era alemana, creó una gran conmoción en Gran Canaria, no solo por el brutal asesinato, sino también porque la conviviente de la victimaria no hizo nada por socorrer a la niña pese a saber lo que estaba ocurriendo en el interior de ese domicilio de San Agustín, San Bartolomé de Tirajana.

El caso de Estephanie tuvo un corto recorrido en los tribunales. Las pruebas en contra de la acusada eran de tal calibre que la instrucción terminó con brevedad. La muerte de la niña fue la madrugada del 9 de julio de 1988, y la sentencia que culpaba de los hechos a su niñera se dictó el 4 de octubre de 1989. La pena impuesta no daba lugar a dudas: 26 años de prisión, tal y como solicitaba la Fiscalía en sus conclusiones. 

El cadáver de la pequeña Estephanie es cargado al coche fúnebre para su traslado al cementerio.

El cadáver de la pequeña Estephanie es cargado al coche fúnebre para su traslado al cementerio. / Luis del Rosario

La Audiencia Provincial de Las Palmas asume los hechos tal cual los describe la fiscal Dolores Villalonga. Así, por ejemplo, indica que en junio de 1988, coincidiendo con un distanciamiento entre ambas mujeres, la madre de la víctima le pide a Soledad que se haga cargo de los niños también por la noche debido a que había recibido la visita de unos familiares. Estos «problemas de carácter personal y derivados de su relación sentimental crean en la casa un ambiente de nervios en las procesadas y de hostilidad hacia los niños, los cuales, y sobre todo Estephanie, son a veces castigados de forma impropia a su corta edad», reza el fallo, cuya ponente fue la magistrada Margarita Varona.

"Se desata una fuerte discusión"

Continúa la resolución judicial en el día de autos, cuando Estephanie se niega a que Soledad la bañe, «forcejea» con ella y la niña se da un golpe leve en la bañera, siendo acostada en el sofá del apartamento por su niñera. Alrededor de las dos de la madrugada «se desata una fuerte discusión entre Soledad y su compañera sentimental, a raíz de que esta última quiere ir a la Península y Soledad teme que la abandone». Debido a la riña entre ambas, la niña despierta y comienza a llorar. Momento en el que la condenada «sale de su habitación con un zapato en la mano, se dirige al lugar donde está la niña y comienza a golpearla con la zapatilla por todo el cuerpo y posteriormente la agarra por el cuello y la golpea contra la pared y la tabla del sofá-cama donde yace la pequeña». Por la brutalidad de los golpes, la pequeña fallece poco después. Mientras, destacó el fallo, la compañera sentimental de la asesina, «que ha oído los golpes, abandona el apartamento» sin llegar a prestar auxilio a la víctima.

Imagen de la sesión del juicio celebrado en la Audiencia Provincial en 1989. De pie, las dos acusadas -a la izqda. María del Rosario, y a la dcha. Soledad-

Imagen de la sesión del juicio celebrado en la Audiencia Provincial en 1989. De pie, las dos acusadas -a la izqda. María del Rosario, y a la dcha. Soledad- / Juan Gregorio

Durante el juicio, celebrado en el Palacio de Justicia de San Agustín el martes 26 de septiembre de 1989, Soledad no reconoció en ningún momento ser la autora de los hechos, según recoge la crónica publicada en LA PROVINCIA el día posterior. La acusada, al escuchar el relato de la fiscal, alegó que «yo no podía agarrarla por el cuello porque tenía la mano herida, vendada y con seis puntos. Tras ver las instantáneas tomadas al cadáver de la pequeña, las cuales mostró la fiscal, rompió a llorar mientras decía: «Si yo hice eso, no lo recuerdo»

Desnutrición de los niños

La defensa insistió en la actitud de la madre de la víctima y en la desnutrición de los niños, circunstancia esta última que fue ratificada por los médicos en sus declaraciones. También en que nunca se interesó siquiera por saber los apellidos y el lugar de residencia de las dos jóvenes. A preguntas de su abogada, Josefina Navarrete, llegó a afirmar que, tras discutir con la que era su pareja sentimental, fue a interesarse de cómo estaba Estephanie y que tropezó, teniendo la mala suerte de caer sobre ella. «Y luego le pegué, pero no para maltratarla, incluso le hice la respiración artificial. Si llego a saber que estaba tan mal la hubiera llevado antes (al hospital, donde la llevó el mediodía siguiente)», aseveró.

Por su parte, su pareja, María del Rosario Araque, contó al tribunal que lo que le dijo aquella madrugada a Soledad es que se iba a la Península, «pero ella estaba convencida de que la iba a abandonar». Ese fue el detonante de la discusión, que provocó que la niña se despertara y comenzara a llorar. «Yo me fui al baño y ella se metió en la habitación donde estaba la pequeña. Desde el baño, donde me vestía para abandonar el apartamento, creo recordar que escuché golpes y los llantos de la pequeña, pero entonces me fui. La verdad es que sólo pensé en mí... aún por el pasillo escuchaba el llanto de la niña», declaró llorando.

La abogada de las procesadas, Josefina Navarrete, conversa con la condenada María del Rosario antes de la vista.

La abogada de las procesadas, Josefina Navarrete, conversa con la condenada María del Rosario antes de la vista. / Juan Gregorio

La fiscal no compró los argumentos esgrimidos por las acusadas y mantuvo sus peticiones iniciales: 26 años de reclusión mayor para Soledad por un delito de asesinato sobre Estephanie, y cuatro meses de cárcel para María del Rosario por uno de denegación del auxilio. La defensa, en cambio, solicitó para Soledad cuatro años, dos meses y un día de prisión mayor por un delito de imprudencia temeraria con la atenuante de arrepentimiento espontáneo o, alternativamente, enajenación mental transitoria. Pero el tribunal no tuvo en cuenta las circunstancias atenuantes que interesó Navarrete y, en cambio, se adhirió a lo expuesto por el Ministerio Público. Pese a obtener justicia, la familia de la pequeña no regresó nunca más a Gran Canaria.