Tribunales

El TSJC confirma la condena al acusado de violar a una niña de cuatro años en un centro de migrantes

El tribunal rechaza el recurso de apelación del acusado, que residía en el mismo inmueble de Tafira que la pequeña

El condenado tiene que cumplir una pena de diez años y seis meses de prisión

Benyara Machinea

Benyara Machinea

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena de diez años y seis meses de cárcel para el hombre acusado de agredir sexualmente a una niña de cuatro años en un centro de reagrupamiento familiar de migrantes del barrio de Tafira, en Las Palmas de Gran Canaria.

El tribunal rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa y sostiene que el relato del acusado, que alegaba que no estaba con la menor porque se encontraba trabajando en el momento de los hechos, incurre en contradicciones.

La Sala de lo Penal confirma los hechos probados en la primera resolución emitida por la Audiencia Provincial de Las Palmas. "En fecha no determinada, comprendida entre finales de diciembre de 2021 y principios de enero de 2022, el procesado, nacido en 1986, se dirigió a la menor, de cuatro años de edad, cuando iba a su habitación en el Centro de Acogida Integral de Tafira, donde ambos residían, y aprovechando que la niña se encontraba sola la penetró vaginalmente", recoge la sentencia.

Incoherencias

Una de las incoherencias que recoge la resolución judicial fue puesta de relieve por el fiscal, Francisco de Asís Gómez-Bernardo, en sus conclusiones finales. "Preguntado el procesado por el Ministerio Fiscal sobre el motivo por el que la primera vez que declaró en el Juzgado de Instrucción no dijo que se quedara a dormir fuera los fines de semana y no lo dijo hasta meses después, refirió que él estaba en cuarentena, que no estaba trabajando, el 25 de enero, pero el 25 de diciembre estaba trabajando, sin que tampoco resulte coherente su respuesta, al referir también en dicha declaración que 25 de enero había salido del centro al dar positivo en Covid", incide.

La madre no denunció los hechos por miedo a las posibles represalias

La defensa se refería en la apelación a un móvil de venganza por parte de la madre de la menor, que el tribunal desestima porque no fue ella quien presentó la denuncia. El primero en revelar los hechos fue un menor interno en el centro, que le cuenta lo que ha ocurrido a un vigilante de seguridad y a una cuidadora. Este testigo refirió que había escuchado a la madre de la menor gritando e insultando al acusado, mientras le decía "que no tenía vergüenza, que eso no se le hacía a una niña".

Notó que caminaba raro

La progenitora declaró en la vista oral que el día de los hechos detectó a su hija caminando de forma rara y pudo ver que tenía el vestido mojado y restos de semen en las piernas. La menor identificó al autor de los hechos, pero su madre decidió no denunciar porque, según dijo, otra residente le convenció de que se podía meter en problemas hasta el punto de que le quitaran a sus hijas.

"Se trata de un comportamiento difícilmente explicable, sin duda, pero que puede encontrar explicación por las circunstancias concretas en que dicha señora se encuentra en España –es una inmigrante irregular—, por el miedo a represalias y por el desconocimiento acerca del funcionamiento de las instituciones de nuestro país", resuelve la sentencia, para la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Supremo.

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