Tribunales

El dentista acusado de falsificación ejerce en la única clínica maxilofacial concertada de Lanzarote

El Servicio Canario de Salud deriva todas los casos de la Isla que requieren de una atención especializada a su consulta

El querellado se enfrenta a una pena de hasta ocho años de cárcel

El dentista acusado de falsificar la autorización de una paciente para evitar una denuncia por mala praxis declara ante la Audiencia de Las Palmas

LP/DLP

Benyara Machinea

Benyara Machinea

El dentista acusado de falsificar la autorización de una clienta para evitar una denuncia por un presunto fallo profesional es el gerente de la única clínica odontológica concertada para realizar cirugías maxilofaciales de la isla de Lanzarote. El querellado reveló en el juicio celebrado este martes en la Audiencia de Las Palmas que el Servicio Canario de Salud deriva desde hace años todos los casos de trastornos relacionados con la estructura anatómica de la cara a su consulta. Sin embargo, Luis Manuel D. C. sostiene que no hubo fallos en la consulta y que tiene la seguridad de que "se ha procedido bien".

La Fiscalía pide una pena de dos años de cárcel para el encausado, con inhabilitación especial para ejercer como dentista durante el mismo periodo y una multa de 5.400 euros, al atribuirle la autoría de un delito de estafa procesal. La acusación particular, ejercida por el letrado Agustín Márquez, eleva la petición de pena a ocho años, ya que solicita cuatro años por presunta estafa procesal y cuatro años más por dos supuestos delitos de falsificación de documentos privados. La defensa, por su parte, reclama la libre absolución de su cliente al considerar que no han quedado acreditados los hechos de los que se le acusa.

La denunciante explicó en la vista oral que, en septiembre de 2015, llevó a su hija de ocho años a una revisión bucal con el Servicio Canario de Salud. Le llevaron a cabo una radiografía porque estaba tardando mucho tiempo en salirle una de las paletas definitivas y vieron que tenía un mesiodens o diente supernumerario, que se trata de una pieza de más que sale en la zona de las paletas. El sanitario que le atendió le quitó la pieza de leche y resolvió que era necesario extraer el mesiodens para conseguir que saliera la definitiva, pero como no tenían ningún maxilofacial en el sistema público de la Isla le derivaron a una clínica concertada.

El querellado reafirma que no hubo fallos y que se actuó correctamente en la intervención

De esta forma llegó el 29 de enero de 2016, según la madre, a la clínica en la que ejercía el acusado. "Se retrasaron mucho porque dijeron que no les había llegado la radiografía que realizó el Servicio Canario de Salud", declaró la testigo, por lo que ella misma envió un correo a la clínica con la imagen. Aclaró que entonces le pasaron a la sala de operaciones y le hicieron firmar una autorización en la que prestaba su consentimiento, la cual estaba "con letra impresa, sin nada manuscrito".

"Sacó el diente, se lo dio a la auxiliar y se quedó asombrada. Hizo un comentario sobre lo grande que era", manifestó la testigo. La menor guardó la pieza para dejársela al "Ratoncito Pérez" y abandonaron la consulta. La sorpresa llegó meses después, cuando llevó a la menor a un dentista privado y le preguntó por qué no le había salido todavía la paleta. "Me dijo entonces que se habían equivocado y le habían quitado el diente fijo y no el mesiodens", añadió.

Anotaciones manuscritas

Poco después decidió presentar una reclamación al Servicio Canario de Salud en la que pedía una indemnización de 153.987 euros. Ello derivó en una demanda por lo Contencioso-Administrativo y, por último, en una denuncia por mala praxis. Sin embargo, el caso fue desestimado en base a dos documentos de consentimiento aportados por el acusado y firmados por la madre de la menor en los que aparecía en letra impresa que se autorizaba la extracción del mesiodens y, a continuación, en una anotación a mano, añadía la muletilla "y/o pieza definitiva 11", que era la paleta.

De la misma forma, en observaciones figuraba otro texto manuscrito: "Se comentan los daños observados en la ortopantomografía de la pieza 11 definitiva y su posible exodoncia. Se rehúsa prueba radiográfica 3D". La acusación sostiene que los informes fueron modificados por el acusado cuando tuvo conocimiento de la querella.

En la vista oral declararon dos peritos que analizaron los documentos. El primero, al analizar las muestras químicas, concluye que en uno de los documentos las anotaciones se "pudieron" incorporar con posterioridad a la firma, aspecto que niega el perito de la defensa.

La denunciante sostiene que extrajo una paleta definitiva por error

La versión del encausado es completamente opuesta a la denunciante. El querellado manifestó que, días antes del 29 de enero de 2016, hubo otra consulta con la paciente en la que observó que había daños en la paleta definitiva y se lo explicó a la madre, dándole en ese mismo momento una autorización de consentimiento para la extracción. Este documento, que no ha sido aportado a la causa, era distinto al que le dio a firmar el día de la operación, pero asegura que era una copia que se entregaba a la madre con el único propósito de que se la llevara y la analizara.

Luis Manuel D. C. negó que la madre estuviera presente durante la intervención porque asegura que "ningún familiar está jamás en sala en un proceso quirúrgico" y rechaza por completo cualquier tipo de falsificación. "No tenía ningún sentido conservar la pieza porque estaba severamente dañada y podía causar infecciones en el futuro. Yo no necesito pasar por esto", concluyó.