¿Los limpiadores multiusos valen realmente para todo? La OCU lo aclara

Tener un limpiador para distintos tipos de superficies y usos ahorra dinero en productos y espacio en el hogar y, además, contamina menos el medioambiente

¿Los limpiadores multiusos valen realmente para todo? La OCU lo aclara

¿Los limpiadores multiusos valen realmente para todo? La OCU lo aclara / PEXELS

Limpiar diferentes tipos de suciedad con un mismo producto que ha sido elaborado para ello es una ventaja. Esta clase de limpiadores suele estar diseñado para funcionar como desengrasante, desinfectante y detergente y, además, se puede emplear en superficies tan variadas como los laminados, cristal y acero. La base de su elaboración es neutra para no dañar ningún tipo de material y limpiarlo al completo.

Otra de las ventajas de su versatilidad es que, en principio, no tenemos que comprar detergentes específicos que actúen a fondo sobre una determinada superficie, ya que no hay tanta diferencia entre ese artículo y un multiusos.

El precio de los productos de limpieza también ha subido con la inflación y si en vez de tener varios limpiadores en casa, optamos por un multiusos, conseguiremos ahorrarnos unos euros. De ahí que cada vez sean más las familias que optan por un limpiador multiusos para la vivienda para no tener que gastar tanto dinero a la vez se ahorra espacio.

Otro dato a tener en cuenta es que al usar un solo producto se contamina menos el medio ambiente y no es necesario usar tantos trapos para limpiar.

Lo que dice la OCU sobre los limpiadores multitusos

Los fabricantes de los limpiadores multiusos prometen un resultado inmejorable después de utilizarlo. Pero, ¿realmente es así?

La OCU pregunta: ¿Crees que todos los limpiahogares son iguales? La respuesta es tajante: “Nada más lejos de la realidad, los limpiadores de hogar y multiusos no se parecen ni en el formato ni en los resultados”.

Según la Organización de Consumidores, para empezar, hay dos presentaciones:

  • la botella con tapón de rosca, que se suele llamar limpiahogar,
  • y el pulverizador con pistola, al que se suele denominar multiusos.

La OCU, tras comparar varios limpiadores multiusos constató que la eficacia varía según el uso que le quieras dar y que en determinados casos es recomendable utilizar limpiadores específicos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha respaldado el derecho de una limpiadora a ser reconocida con incapacidad permanente, a pesar de que sufrió un accidente en un aparcamiento sin testigos presenciales. La magistrada basó su decisión en la palabra de la empleada y en los informes técnicos y médicos presentados, confirmando así su nueva situación.  La mujer, que desempeñaba labores de limpieza en establecimientos turísticos y oficinas, se dirigía a su puesto de trabajo en la madrugada del 11 de junio de 2018 en Santa Cruz de Tenerife. Al bajarse del coche en el aparcamiento, resbaló y cayó desde una altura de aproximadamente 80 centímetros, experimentando un dolor inmediato en la rodilla izquierda.  A partir de ese momento, comenzó un proceso de incapacidad temporal inicialmente catalogado como un accidente no laboral, el cual sería cubierto por el seguro de una de las empresas para las que trabajaba. Sin embargo, la afectada pudo demostrar que el pavimento del estacionamiento presentaba deficiencias mediante un informe técnico.  Posteriormente, presentó una solicitud ante la Seguridad Social para determinar la contingencia de su incapacidad temporal, la cual fue aprobada un mes después. Esta determinación estableció que tres aseguradoras de distintas empresas para las que trabajaba debían cubrir los gastos relacionados con el percance.  A finales de ese año, la mujer fue declarada en situación de incapacidad permanente, pero en 2021, las entidades responsables revocaron dicha declaración, lo que la llevó a recurrir a los tribunales.  En primera instancia, un Juzgado de lo Social desestimó los argumentos presentados por las compañías y la Seguridad Social. Los recurrentes apelaron entonces al TSJC, alegando sin éxito que el accidente no se trataba de un caso laboral o contingencia común.  Afirmaron que en su momento, la empresa dueña del aparcamiento no notificó a las demás empresas lo sucedido, lo que hizo que las respectivas aseguradoras no tuvieran conocimiento del incidente. Además, argumentaron que el accidente ocurrió "en el camino" hacia el trabajo, fuera de las instalaciones de la empresa, y señalaron la necesidad de contar con testimonios de testigos para respaldar su versión, ya que no existía una prueba objetiva más allá del testimonio de la mujer.  Sin embargo, el TSJC estableció que "las meras manifestaciones del trabajador respecto a la existencia de una lesión en tiempo y lugar de trabajo pueden ser un medio de convicción suficiente y válido". Para ello, se requiere que el relato tenga apariencia de verosimilitud, sea consistente en el tiempo y concuerde con el resultado de las pruebas, condiciones que se cumplen en este caso.  El TSJC lamentó que las empresas no siempre emitan informes de declaración de accidentes de forma inmediata, especialmente si son de poca gravedad. Además, concluyó que la confirmación de un percance no puede depender de que la aseguradora decida asumir o no los costos relacionados.  La magistrada tuvo en cuenta las declaraciones de la trabajadora, los informes médicos y el informe sobre cómo ocurrió el incidente para realizar una valoración global y respaldar la versión de la afectada.  El TSJC subrayó que la palabra de la empleada es una prueba válida para demostrar lo sucedido, incluso en ausencia de testigos, especialmente cuando se pudo constatar el mal estado del pavimento y la lesión sufrida.  La Sala recordó otros casos en los que se reconocieron como accidentes laborales aquellos ocurridos en el trayecto hacia o desde la sede de la empresa, aunque no dentro de las instalaciones, siempre y cuando se produzcan durante el desplazamiento con una finalidad laboral. La ubicación del domicilio o si el recorrido se inicia o termina en él no son factores determinantes, sino el enfoque en la inexcusable finalidad laboral del desplazamiento realizado.

Una limpiadora pasa la mopa al suelo. / LP/DLP

Los investigadores de la OCU también comprobaron si dejan trazas y marcas, revisaron el impacto ambiental de cada una de las sustancias de la lista de ingredientes y comprobaron las instrucciones de uso y la información de seguridad.

Para la OCU, “no siempre es fácil encontrar el modo de uso y aún más arduo y difícil de leer para el usuario es el etiquetado de seguridad, sobre todo por la superabundancia de datos en letra muy pequeña”.

La OCU elige tres limpiadores imprescindibles para tu hogar

Limpiahogar, quitagrasas, friegasuelos, limpiabaños, limpiador WC, limpiacristales, limpiador de madera, vitrocerámica, cuero, metales... del orden de una docena, calcula la OCU que tenemos de limpiadores en nuestro hogar y ello sin contar con los detergentes lavavajillas y de la colada.

La OCU recomienda tener algunos limpiadores específicos para superficies delicadas, como madera sin tratar, algunos metales o ciertos acabados. Salvo esos casos, la OCU seleccionada tres limpiadores del hogar.

Limpiador de hogar multiusos

El limpiahogar multiusos es un producto versátil y un antigrasa recomendado para superficies lavables. No es adecuado para eliminar la cal del baño ni para materiales delicados. Tampoco está especialmente indicado para limpiar cristales o espejos, salvo que lo indique expresamente, ya que algunos dejan trazas. Sirve para fregar suelos y superficies lavables de toda la casa. En la cocina se puede usar como quitagrasas sencillo para limpiar electrodomésticos, muebles y objetos de plástico.

Limpiabaños

El limpiabaños, dice la OCU, es útil para limpiar el baño por su fórmula ácida que elimina la cal del agua, mientras que los limpiahogar tienen pH básico y no disuelven bien los precipitados que deja el jabón.

Limpiacristales

Los limpiacristales se hacen con alcoholes para facilitar su evaporación y no dejar trazas, por eso solo algunos multiusos con una fórmula parecida son equivalentes.