La Autoridad Portuaria de Las Palmas, a instancias del Estado, ha iniciado la aplicación general de la tasa de aprovechamiento especial del dominio público (TAE). Este canon aprobado por la Ley de Régimen Económico de Puertos de 2003, y al que no se habían adaptado las concesiones anteriores a esa fecha, obligará ahora a un centenar de empresas de La Luz a abonar casi seis millones de euros, a razón de 1,5 millones por anualidad, al aplicarse con efecto retroactivo de cuatro años.

Intervención del Estado informó hace cinco años a Puertos de Las Palmas de la obligación de aplicar la TAE a todas las concesiones y ordenó que se empezasen a tramitar los respectivos procesos, cuestionados por las entidades argumentando que sus contratos recogían canon cero o exenciones de tasas. El conflicto llegó al Consejo de Estado que instó en 2009 a la aplicación de la ley sin tener que hacerse procedimientos de revisión. El real decreto de 2011 que refunde las leyes de Puertos ratifica esta medida, que denomina tasa de actividad.

Empresas portuarias han manifestado sus diferencias con los importes del nuevo canon y sobre todo su malestar con su aplicación retroactiva, haciendo llegar varias entidades que acudirán a los tribunales por este motivo. El presidente de la Federación Canaria de Empresas Portuarias (Fedeport), José Juan Rodríguez Castillo, señaló que la aplicación de este impuesto tendrá "sus efectos en el coste de la prestación de servicios así como en la cesta de la compra".

Combustible

El canon más polémico es el del suministro de combustible que se gravará con 0,18 euros por tonelada, lo que reportará al ente portuario 360.000 euros sólo por los dos millones de toneladas de fuel despachadas el último año. Otras de las tasas de actividad que se han puesto en marcha son las correspondientes a la del movimiento de mercancías que se ha fijado en 0,88 euros por contenedor TEU. Asimismo, el canon por graneles sólidos, es decir, áridos y cementos, se ha fijado en 0,32 euros.

Algunas operadoras de combustible han mostrado su queja ya que la tasa de actividad puede suponer hasta el 50% de la tasa de ocupación de suelo portuario. La ley de 2003 estipula que la tasa de actividad deberá ser como mínimo el 20% de la de ocupación y como máximo el 100% del mencionado canon.

Al respecto, en la Autoridad Portuaria se sostiene que según la cantidad de combustible que se venda irá del 20% hasta un máximo del 50%, cuando se podía alcanzar hasta un 100% de la tasa de ocupación. Además, resalta que la repercusión económica del canon de actividad es sólo de un 0,03% sobre la facturación de combustible, ya que el suministro de dos millones de toneladas a una media de 600 euros/tonelada supone una caja de 1.200 millones de euros.

El presidente de la Autoridad Portuaria, Luis Ibarra, señaló ayer que están aplicando una ley de 2003 "cuya ejecución ha demandado la Intervención del Estado y nos estamos moviendo en los márgenes mínimos para no llegar a más de la mitad que se nos permite para que no tenga un efecto en su actividad económica".

Desde la Autoridad Portuaria se señala que tienen ya actualizados los expedientes del centenar de empresas y sólo alguna de ellas está pendiente de negociación.