La magistrada juez María Celia Blanco Redondo, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna, ha rechazado mediante un auto, firmado el pasado lunes y comunicado ayer a las partes, que "no procede acceder a la imputación" del actual alcalde La Laguna, José Alberto Díaz Domínguez, rechazando así los recursos presentados por las acusaciones populares personadas en la instrucción del caso grúas en representación de Unid@s se puede y XTF-NC, que interesaban la imputación de éste por la presunta comisión de un delito de prevaricación en el que habría incurrido cuando desempeñaba las funciones de concejal de Seguridad Ciudadana, en el mandato anterior.

La magistrada señala en el auto que José Alberto Díaz "no firmó ninguno de los tres decretos que se están investigando", y permitieron la intervención del servicio de retirada de vehículos de la vía pública en La Laguna cuando la empresa cayó en bancarrota y la aprobación de un préstamo de 120.000 euros a la empresa que se hizo cargo del mismo en 2014, Autogrúas Poli S.A., siendo alcalde el actual presidente del Gobierno, Fernando Clavijo.

La jueza entiende que, sin la firma del mandatario, éste "no sería autor de la presunta prevaricación cuya instrucción es la que se está llevando a cabo" y , por lo tanto, "no procede oír al señor Díaz Domínguez como investigado".

El auto viene a resolver dos recursos interpuestos por las acusaciones populares contra una providencia emitida a mediados del mes de diciembre del pasado año y otra de mediados del mes de enero.

La representación letrada del único investigado hasta ahora en la causa, el edil nacionalista Antonio Pérez Godiño -que firmó los decretos al sustituir en su cargo a José Alberto Díaz en agosto de 2014 por encontrarse éste de vacaciones- había interesado la desestimación del recurso de reforma presentado por las acusaciones populares. El Ministerio Fiscal, por su parte, se posicionó en iguales términos que la defensa de Pérez Godiño considerando también que no procedía citar a declarar a José Alberto Díaz.

Los decretos firmados por Pérez Godiño autorizaban el levantamiento de los reparos señalados por el interventor municipal contra el préstamo, ya devuelto, a Autogrúas Poli SL.

Asimismo, el auto viene a resolver un recurso de reforma contra la providencia del 17 de enero en la que se acordaba a oír como diligencia para la instrucción a los autores de los informes que sirvieron de respaldo para levantar los reparos del interventor, los profesores de la Universidad de La Laguna Francisco Villar y Clavijo Hernández, ya que se recogía la expresión "testigos/peritos". La representación letrada de Pérez Godiño lo impugnó.

La juez razona sobre el recurso contra esta última providencia que ya se aclaró el 30 de enero en la "declaración fallida" de los dos testigos -por activarse un protocolo de seguridad en los Juzgados laguneros ante una amenaza de bomba, tras la cual se acordó que se reanudaría la toma de declaración el próximo día 14-. Así, recuerda la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna que "la declaración de los dos catedráticos lo era a título de testigos, sin perjuicio de que en la providencia, por error informático y porque el sistema Atlante recoge ambos conceptos" en tándem como testigo/perito. Añade la magistrada que "la declaración de uno de ellos [Villar], que quedó interrumpida, se verificó ya como testigo, por lo que el asunto quedó zanjado y no procede hacer hincapié en el defecto de la providencia".

El caso grúas se instruye a raíz de la denuncia presentada por los dos grupos políticos que consideran que hubo presuntas irregularidades en el expediente de intervención de la empresa Grúas Poli SL que prestaba el servicio en el municipio, y que había sido adquirida un años antes por siete empleados del anterior concesionario, así como de la prórroga otorgada a esta sociedad por cinco años más.