Declaración de la Renta 2023: Estos son los jubilados que pueden reclamar a Hacienda parte de su pensión

Una sentencia del Tribunal Supremo obliga a Hacienda a devolver pagos a cuenta del IRPF a ciertos pensionistas

Las deducciones en la declaración de la Renta ayudarán al contribuyente a pagar menos impuestos y, probablemente, que salga a devolver. Una sentencia del Tribunal Supremo obliga a la Agencia Tributaria a devolver pagos a cuenta del IRPF a ciertos pensionistas.

El 11 de abril se inicia la campaña de la Renta, y los jubilados tendrán que realizar sus declaraciones; ya que las pensiones están reconocidas como rendimientos del trabajo.

Pero como cualquier otro contribuyente, los jubilados pueden deducir una serie de gastos que reducirán el monto final de los impuestos a pagar, y posiblemente, la declaración le salga a devolver.

Reclamar una parte de la pensión a Hacienda

Concretamente, el caso afecta a las solicitudes de rectificaciones de las autoliquidaciones del IRPF de los años comprendidos entre 2014 y 2017 de un exempleado de banca, por la pensión que recibía correspondiente a las aportaciones que hizo a la Mutualidad Laboral de la Banca desde el 1 de septiembre de 1968, fecha en la que empezó a trabajar en la Banca Sánchez de Cáceres, hasta el 1 de enero de 1979, según recoge EFE.

Ese año se fijó la deducibilidad en el IRPF de las cotizaciones a la Seguridad Social, detracciones por derechos pasivos y cantidades abonadas a montepíos laborales y mutualidades obligatorias. Por tanto, el objetivo era discernir si las aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca que se efectuaron desde el 1 de enero de 1967 se consideraban cotizaciones a la Seguridad Social, o bien, aportaciones a contratos de seguro concertados con mutualidades de previsión social.

Así, se debía aclarar si se deben integrarse en la base imponible del IRPF el 100% del importe percibido como rendimientos del trabajo o integrarse en la base imponible del impuesto el 75% de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas.

«No se reciben de una mutualidad de previsión social, sino de un sujeto que ha asumido la obligación de pago de la prestación, por imposición legal, tras la desaparición de la mutualidad», considera el TS en referencia a si a una pensión abonada por la Seguridad Social se le puede aplicar las prestaciones.

Pues, tal y como remarca, la afiliación a la Mutualidad de Banca tenía un carácter obligatorio, tanto para las empresas como para los empleados. Además, las aportaciones o cuotas «se realizaban por ambos, ya que tenían la obligación de cotizar».

Independientemente de la conversión de la Mutualidad en una entidad gestora de la Seguridad Social hasta su extinción, las contribuciones de los trabajadores se siguieron produciendo a la Mutua. Por ello, no se modificó la forma de funcionar de las aportaciones que los mutualistas siguieron llevando a cabo obligatoriamente.

En la campaña de la renta de 2021 se presentaron 22,1 millones de declaraciones.

En la campaña de la renta de 2021 se presentaron 22,1 millones de declaraciones. / EP

«No pudieron ser deducidas en la base imponible del IRPF durante el periodo comprendido entre 1969 y 1979, según la legislación vigente en aquel momento, ni como cotizaciones a la Seguridad Social, por ser entidad gestora, ni como cotizaciones a las Mutualidades como entidades de previsión», destaca la sentencia.

Por ese motivo, el TS considera que las aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca que se llevaron a cabo desde el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF, cuando sí deberían haberse beneficiado de ello.