¿Cómo puedo encontrar mi referencia catastral en Canarias para hacer la Declaración de la Renta?
El contribuyente debe tener a mano una serie de datos y documentos obligatorios para poder rellenar el modelo correspondiente y cumplir con sus deberes fiscales
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Más de un millón de contribuyentes en Canarias tienen la obligación de realizar este año la Declaración de la Renta, a tenor de los datos del Ministerio de Hacienda.
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El plazo de presentación de la Declaración de la Renta 2022 comenzó ayer, 11 de abril de 2023. En la campaña de este año es necesario tener en cuenta estas fechas:
- 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
- 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
- 1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
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Cada comunidad autónoma tiene sus bonificaciones fiscales propias y en el caso de Canarias, hay un total de 29 tras incluir este año una deducción específica con carácter extraordinario por el alza de precios. A la misma podrán acceder todos los contribuyentes con rentas inferiores a 30.000 euros en tributación individual, o 40.000 euros en tributación conjunta. Esta deducción contiene tres cuantías fijas de 225, 175 y 125 euros, en función de que la renta del contribuyente sea, respectivamente, inferior a 20.000 euros; igual o superior a 20.000 euros e inferior a 25.000 euros; y, por último, igual o superior a 25.000 euros e inferior a 30.000 euros
Datos y documentos necesarios para la Declaración de la Renta
Para cumplimentar tu declaración de la renta, tanto si la haces por tu cuenta como si acudes a un gestor o a través de la cita previa con la Agencia Tributaria deberás tener a mano una serie de datos y documentos. Algunos de ellos son los siguientes:
- DNI
- Número IBAN de tu cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
- Si vives en un inmueble alquilado necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.
- Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
- Si tienes hipoteca: los recibos de los seguros.
- Por donativos: los justificantes.
- Certificado emitido por el pagador por rendimientos del trabajo.
- Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje…de los que sea propietario o usufructuario.
- En el supuesto que la colegiación sea obligatoria, el importe de las cuotas satisfechas a colegios profesionales.
- Escrituras de compra y de venta de vivienda habitual.
- Certificados de fondos de inversión.
- Justificante de subvenciones.
Número de referencia catastral
Uno de los datos obligatorios a incluir en la declaración de la renta es el número de referencia catastral, que puede ser el relativo a una vivienda ocupada por el propietario, una casa de alquiler o de cualquier otro tipo de inmueble. La referencia catastral es el identificador oficial y obligatorio de los inmuebles, es decir, como si fuera el DNI del inmueble. Consiste en un código alfanumérico, formado por veinte caracteres, que es asignado por el Catastro de manera que todo inmueble debe tener una única referencia catastral.
Se trata de un dato que no es habitual que el contribuyente tenga a mano como sí ocurre con el DNI, por ejemplo.
Por ese motivo, una de las preguntas que se plantean a la hora de hacer la declaración de la renta es dónde puedo conseguir el número de referencia catastral, el cual se encuentra en el recibo del Bien de Impuesto Inmueble (IBI). Sin embargo, ese no es el único lugar en el que podemos encontrarlo.
Otra de las formas de acceder al número de referencia catastral es a través de las oficinas territoriales del Catastro (Gerencias).
Una tercera posibilidad de obtener el número de referencia catastral es a través de los Puntos de Información Catastral, que son centros de prestación de servicios catastrales, autorizados por la Dirección General del Catastro y ubicados en entidades públicas como cabildos y ayuntamientos.
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