Si eres español y vives fuera, existen ayudas y recursos disponibles para ti

Muchos españoles se encuentran viviendo en el extranjero, lejos de sus lugares de origen, tratando de ganarse la vida

La vida en otros países no siempre resulta como se había planeado, y les 'obliga' ha hacer frente a situaciones complicadas

Si eres español y vives fuera, existen ayudas y recursos disponibles para ti.

Si eres español y vives fuera, existen ayudas y recursos disponibles para ti.

Millones de españoles se encuentran viviendo en el extranjero, lejos de sus lugares de origen, tratando de ganarse la vida en tierras desconocidas. Sin embargo, la realidad es que muchos de ellos se enfrentan a una situación de precariedad que les coloca en una posición vulnerable.

A pesar de haber tomado la decisión de buscar nuevas oportunidades fuera de España, la vida en el extranjero no siempre resulta como se había planeado, y muchos españoles se encuentran en momentos difíciles que requieren apoyo económico del Estado para poder sobrevivir.

Afortunadamente, el Estado no ignora la situación de sus ciudadanos en el extranjero y ofrece una ayuda crucial conocida como la "prestación por razón de necesidad". Esta ayuda es proporcionada por la Dirección General de Migraciones y está destinada a españoles que viven en el extranjero, así como a aquellos que han decidido regresar a su país de origen.

El Estado no ignora la situación de sus ciudadanos en el extranjero y ofrece una ayuda crucial conocida como la "prestación por razón de necesidad"

La prestación por razón de necesidad tiene como objetivo garantizar un nivel mínimo de subsistencia para los españoles mayores de 65 años o aquellos que están incapacitados. Está dirigida a aquellos que carecen de los recursos necesarios para vivir dignamente y residen en lugares donde los sistemas públicos de protección social no cubren sus necesidades básicas.

Esta prestación se desglosa en tres categorías principales: la prestación por ancianidad, que beneficia a los ciudadanos mayores; la prestación por incapacidad absoluta para cualquier tipo de trabajo, dirigida a aquellos que no pueden trabajar debido a su estado de salud; y la prestación de asistencia sanitaria, que garantiza atención médica a quienes la necesiten.

En resumen, el Estado reconoce la difícil situación de muchos españoles en el extranjero y ofrece apoyo económico vital a través de la prestación por razón de necesidad para garantizar su bienestar y subsistencia.

El Estado reconoce la difícil situación de muchos españoles en el extranjero y ofrece apoyo económico vital a través de la prestación

Requisitos

La cuestión clave que planteamos aquí es quiénes son elegibles para acceder a esta vital ayuda económica, y la respuesta es clara: los españoles nacidos en territorio nacional que, por diversas razones, han dejado su país de origen. Estas personas tomaron la decisión de vivir en lugares donde el sistema de protección social es insuficiente y, por lo tanto, justifica la concesión de esta ayuda.

Además de los españoles nacidos en España, también pueden beneficiarse de esta prestación aquellos que nacieron fuera del territorio español pero que pueden demostrar que vivieron en España durante al menos 10 años antes de solicitar la ayuda. Esto demuestra su vínculo con el país y su necesidad de apoyo.

Los requisitos para solicitar esta prestación varían según la categoría. Para la prestación por ancianidad o por incapacidad, es necesario tener al menos 65 años. Para la prestación destinada a los incapacitados permanentes en un grado absoluto, la edad requerida está entre 16 y 75 años.

Los solicitantes no deben formar parte de organizaciones o instituciones que les otorguen ayudas y no deben poseer bienes inmuebles o muebles

Además, los solicitantes no deben formar parte de organizaciones o instituciones que les otorguen ayudas y no deben poseer bienes inmuebles o muebles, a menos que el valor patrimonial de estos bienes supere la base de cálculo determinada para la ayuda.

La cuantía de la prestación varía según los fondos asignados anualmente en el presupuesto del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Estos fondos se ajustan según los indicadores económicos y de protección social de cada país de residencia. Se tienen en cuenta factores como la renta per cápita, el salario medio del trabajador por cuenta ajena, el salario mínimo interprofesional y la pensión mínima de la Seguridad Social. La Dirección General de Migraciones establece la base para calcular la prestación, y el monto final se determina restando de esta base los ingresos anuales de la persona beneficiaria.

Es importante destacar que la ayuda máxima no superará la establecida en España en cada momento para la modalidad no contributiva de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social. Por otro lado, la prestación mínima será el 25% de la cuantía determinada por los indicadores económicos y de protección social del país de residencia. Además, la cobertura sanitaria está incluida en caso de necesidad