Pensiones

La Seguridad Social elimina la pensión por discapacidad para los mayores de esta edad

Se han implementado cambios significativos en los requisitos y beneficios de estas prestaciones económicas

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PI STUDIO

En una reciente actualización de las normativas relacionadas con las pensiones no contributivas por invalidez en España, la Seguridad Social ha implementado cambios significativos en los requisitos y beneficios de estas prestaciones económicas. Esta información resulta de vital conocimiento para todos aquellos que cobren este tipo de pensión o vayan a hacerlo próximamente.

Anteriormente, las pensiones no contributivas por invalidez se otorgaban a personas con un reconocimiento del 65% de discapacidad o más, siempre y cuando demostraran una vulnerabilidad económica, con un umbral fijado en 7.250,60 euros anuales. Sin embargo, ahora se introduce una revisión anual más detallada de estos requisitos.

Además del reconocimiento de discapacidad y la vulnerabilidad económica, se ha establecido un nuevo procedimiento que implica la presentación anual de una declaración de rentas durante el primer trimestre para mantener la ayuda.

La edad límite para recibir la pensión no contributiva por invalidez también ha experimentado modificaciones. Anteriormente, se otorgaba hasta los 65 años; sin embargo, ahora se ha establecido una conexión más directa con la edad de jubilación, que ha cambiado con los años y puede seguir experimentando modificaciones en el futuro.

Tesorería General de la Seguridad Social

Tesorería General de la Seguridad Social / LP/DLP

Modificaciones

Al cumplir los 65 años, la pensión no contributiva de invalidez se vuelve incompatible, requiriendo que los beneficiarios, si no cumplen los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, soliciten la pensión no contributiva por jubilación.

Para acceder a la pensión no contributiva por jubilación, los solicitantes deben tener 65 años o más, haber residido en España durante al menos 10 años (contados a partir de los 16 años) y carecer de ingresos anuales por debajo de los 7.250,60 euros. Estos cambios buscan alinear de manera más coherente las prestaciones con los diferentes estadios de la vida de los beneficiarios.

Adicionalmente, la cuantía de estas prestaciones se determinará según las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. La pensión íntegra sigue siendo de 7.250,60 euros al año, con la posibilidad de sumar un complemento de 525 euros si el beneficiario reside en régimen de alquiler.