Nuevo mensaje de Hacienda a más del millón y medio de personas que cobran el Ingreso Mínimo Vital

Aunque el IMV es una ayuda no contributiva, los beneficiarios sí están obligados a presentar la declaración de Renta a partir del 11 de abril

Papeleo necesario para la declaración de la renta.

Papeleo necesario para la declaración de la renta. / Shutterstock

Más de un millón y medio de personas en España reciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una ayuda no contributiva que proporciona una cantidad mensual a aquellos hogares con bajos ingresos. Según datos que facilita el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

A pesar de que esta prestación del IMV no tributa, los beneficiarios que la perciben deben presentar la declaración de la Renta, aclaran desde la Agencia Tributaria. Un documento, que recordamos, que inicia su campaña el próximo 11 abril y finaliza el 30 de junio. Una declaración que puede hacerse, como expone la Agencia, a través de sus distintas vías: presencial, por internet o telefónicamente.

La razón de esta obligatoriedad es que el Ingreso Mínimo Vital es una ayuda que se renueva cada diciembre y se debe constatar el nivel de renta de los solicitantes cada año. Por este motivo, anualmente se cruzan datos entre Hacienda y la Seguridad Social. Por lo tanto, es necesaria realizar la declaración de la Renta. Esto sirve para determinar si la cantidad que se recibió durante el año pasado es la adecuada.

La Seguridad Social, por su parte, explica que las cuantías que superen los 11.862,90 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM) deben declararse como rendimientos del trabajo. Si se perciben otras ayudas para colectivos con riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción o las rentas garantizadas, solo se debe declarar y tributar por el exceso.

En la mayoría de los casos, la declaración será sencilla y no habrá ingresos que incluir. En algunos casos, la cuota será cero, lo que significa que no se tendrá que pagar nada ni se recibirá ninguna devolución. En resumen, aunque el IMV no genera derecho a deducciones como la de maternidad o la de familia numerosa, los beneficiarios deben presentar la declaración de la Renta para garantizar que están recibiendo la cantidad adecuada y cumplir con las obligaciones fiscales.