Un Tribunal de Jurado declaró ayer por unanimidad culpable al cocinero indio acusado de matar a la matriarca de una conocida familia de empresarios de su país para la que trabajó en Gran Canaria durante más de 15 años. El veredicto declara probado que agarró del cuello a la anciana y le dio tres golpes en la cabeza con el bastón de ella con "la indudable intención de acabar con su vida". Ashoklal G. S. era "plenamente consciente de lo que hacía y no estaba enajenado", según el análisis realizado por el forense que hace suyo el jurado popular.

El dictamen, a la espera de sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, estima acreditado que entre las ocho y las nueve de la mañana del 4 de enero del año 2013 el acusado tocó en la puerta del domicilio de la víctima, situado en San Fernando de Maspalomas, y ella le permitió entrar, como se confirmó tras la declaración de un testigo y en base al hecho de que la puerta no fue forzada.

Una vez dentro, Ashoklal pidió a la mujer, de 73 años, poder comer y dormir en la vivienda, a lo que ella se negó y le ofreció a cambio ayuda económica. Acto seguido, la anciana se dirigió a su dormitorio para buscar dinero para darle al imputado y se sentó en la cama dejando a un lado el bastón que usaba para desplazarse por la vivienda.

En ese instante, el hombre, "furioso por la negativa" de la mujer, la agarró "fuertemente por el cuello y, cogiendo el bastón en la parte inferior, le propinó con la empeñadura con gran fuerza tres golpes en la cabeza, dos en la región parietal y uno en la frontal", como avaló el informe del Instituto de Medicina Legal.

El jurado considera probado, por siete votos a favor y dos en contra, que Ashoklal G. S. tuvo "intencionalidad de acabar con la vida" de la mujer "debido a la gravedad, cantidad, intensidad y lugar de los golpes que le dio". Sostienen que el procesado era "consciente" de la movilidad reducida que sufría la septuagenaria y su dificultad para levantarse y defenderse, por lo que, según el relato del jurado, "aprovechó esta circunstancia para conseguir una mayor facilidad en la comisión del delito".

Por todo ello, el tribunal declaró culpable a Ashoklal G. S. de delito de homicidio. Además, el jurado no ve oportuno que se suspenda la ejecución de la pena privativa de libertad para el procesado a la espera de que no vuelva a delinquir en un plazo determinado. Asimismo, también rechazó por unanimidad que se solicite al Gobierno su indulto.

Tras la lectura del veredicto, el magistrado Emilio Moya dio la palabra a las partes. En ese instante, la representante del Ministerio Fiscal ratificó su petición de una pena de 14 años de cárcel para el imputado por un delito de homicidio con un agravante de superioridad, que, según la defensa, no quedó probado, por lo que solicitó imponer la pena mínima disponible por un delito de homicidio, es decir, diez años de prisión.

Los legítimos herederos de la fallecida, su marido y sus dos hijas, han renunciado expresamente a cualquier indemnización que pudieran reclamar al procesado por estos hechos.