El Servicio Canario de Salud (SCS) ha sido condenado, mediante sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Arrecife, por incumplir con las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales. En concreto, los hechos ocurrieron en la Gerencia de los Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote, a la que un trabajador denunció por sufrir «acoso en el entorno laboral» desde el año 2019.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso LA PROVINCIA / DLP, el trabajador denuncia «haber sido víctima de un vaciado de funciones, encomienda de trabajos de imposible realización o de escasa entidad y propias de una categorı́a profesional distinta o inferior por parte de su superior jerárquico y de una compañera de trabajo».

La sentencia refleja que el 29 de junio de 2020 el denunciante, asesorado por el despacho Marcos Abogados Bilbao, presentó ante el Juzgado de lo Social número 3 de Arrecife una denuncia sobre el acoso que venía sufriendo.

El trabajador, tras superar una convocatoria de empleo, fue contratado el 3 de junio de 2019, cuando comenzó a prestar servicios en la Gerencia de los Servicios Sanitarios. Tenía como objetivo elaborar un plan de comunicación de dicho organismo para mejorar la imagen del servicio de cara a la sociedad mediante una mayor comunicación, y también de forma interna para que el personal se identificara y viera valorado su trabajo.

A los dos meses y medio hubo un cambio en la titularidad de la Gerencia que asumió la continuidad de dicho proyecto y «consideró que este no funcionaba por lo que decidió el nombramiento de la segunda aspirante de la lista generada» por la que fue contratado el denunciante, el cual no fue avisado de la nueva situación.

A raíz de los hechos denunciados, se creó una comisión interna que observó distintos «errores cometidos» por parte de la Gerencia de Servicios Sanitarios del Área de Salud de Lanzarote quien no hizo nada para aclarar, averiguar y atajar el conflicto y por la «inexistencia de medidas disciplinarias ante una presunta incompetencia del trabajador en lugar de proceder a contratar a otra persona».

El fallo de la sentencia declara el incumplimiento por parte del Servicio Canario de Salud de las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales y lo condena a pagar a F.J.N.D 78.602,06 euros. Además, también ordena al SCS a poner fin de «manera inmediata» a dicho incumplimiento y a adoptar las medidas «reales y efectivas» para atender los «riesgos psicosociales» que sufre el denunciante en su puesto de trabajo.

No es la primera vez que el Servicio Canario de Salud (SCS) ha tenido que enfrentarse a una condena de este calibre. El pasado mes de enero, el organismo también fue condenado por unos hechos similares, en donde no actúo ante un boicot laboral a una enfermera del centro de salud de Tirrerroy, en Arrecife, y también incumplió con las obligaciones legales y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales. Para el magistrado quedó acreditado que la situación le produjo un daño psicológico a la enfermera, por lo cual condena, sentenció al Servicio Canario de Salud a pagarle 93.415,51 euros.