Aviso DGT

Esto es lo que debes llevar en el coche para evitar multas

El organismo de Tráfico busca reducir los accidentes de tráfico en las carreteras españolas

Atención conductores: la DGT avisa de lo que debes llevar en tu coche obligatoriamente

Atención conductores: la DGT avisa de lo que debes llevar en tu coche obligatoriamente / El Periódico

La Dirección General de Tráfico (DGT) sigue endureciendo sus medidas para intentar frenar la siniestralidad en los accidentes de tráfico de las carreteras españolas. Durante el año pasado se registró un total de 1.145 fallecimientos en las carreteras, lo que supone un incremento del 5% con respecto al año anterior. Por ese motivo, el organismo de tráfico ha previsto nuevas medidas en 2023 para intentar reducir esa tasa y a la que los conductores deberán estar atentos desde ya. 

Desde la entrada del nuevo año, ha entrado en vigor la reforma en la Ley de Tráfico en la que se tiene previsto ampliar las sanciones económicas, así como el número de puntos en las infracciones de las carreteras. El objetivo de la DGT es reducir en un 50% el número de accidentes en España. Este año ha llegado cargado de novedades para los conductores, aunque posiblemente la más conocida es la etiqueta ZBE necesaria para acceder a ciertas zonas de los núcleos de población superior a 50.000 habitantes.

Las nuevas normas que ya han entrado en vigor

Dispositivos electrónicos y cinturón

Para intentar frenar las distracciones al volante, la DGT ha ampliado las sanciones por el uso del teléfono móvil cuando se está conduciendo. Hasta este año, la normativa especificaba que la infracción suponía una pérdida de 3 puntos, pero con la nueva Ley, pasa a considerarse una infracción grave y supone una pérdida de 6 puntos del carnet de conducir.

Por otra parte, también se ha endurecido las sanciones para aquellos que no utilicen de forma correcta los elementos de seguridad como el cinturón, cascos o asientos homologados infantiles. En este caso, la sanción pasa de 3 a 4 puntos del carnet de conducir. Arrojar objetos por la ventanilla que puedan provocar accidentes de tráfico tiene una multa de 6 puntos.

Otro aspecto que ha recogido la nueva ley es el uso de detectores de radares, pasando a considerarse una infracción grave y que supone una multa de 500 euros y la pérdida de 3 puntos. En el caso de utilizar inhibidores de radares se penaliza con 6.000 euros y 6 puntos del carnet, considerada una de las mayores infracciones de tráfico que existen. 

Adelantamientos a ciclistas y patinetes eléctricos

Con la nueva Ley de Tráfico también se busca proteger a uno de los colectivos más vulnerables de la carretera: los ciclistas. Si la carretera tiene más de un carril, se deberá hacer cambiando por completo de carril y si no se puede, siempre respetando la distancia de metro y medio con respecto al ciclista

Los conductores de patinetes eléctricos también tienen que estar atentos a la nueva normativa. No tienen permitido beber alcohol, no se puede circular por las aceras y se debe circular a una velocidad de entre 6 y 25 km/h. En caso de que no se lleve casco, los agentes de tráfico pueden imponer una multa de 200 euros y la inmovilización del vehículo.

Toda la documentación necesaria

No solo hay que tener en cuenta la conducción y los elementos del vehículo que debes llevar, también es muy importante mantener en regla toda la documentación necesaria. En este caso destacan estos tres: el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta ITV. Ahora esta documentación puede llevarse de forma online a través de la app MiDGT.

Límites de velocidad

Uno de los aspectos que más sigue preocupando a la DGT es la siniestralidad en los accidentes en carreteras convencionales. De esta manera, se ha eliminado la condición de poder superar en 20 km/h para poder adelantar en este tipo de vías. El exceso de velocidad es una de las causas que más muertes provoca al año, tanto en carreteras como en las ciudades. Para intentar frenar los atropellos a peatones, en las vías de un solo carril de las ciudades la velocidad máxima será de 30 km/h y en las que existan dos carriles de 50 km/h. También se considera infracción aparcar o estacionar en un carril bici.