La DGT ejecuta embargos por impago de multas

Cuando se incurre en una infracción y se recibe una multa, es importante tener en cuenta que existe un plazo establecido para realizar el pago correspondiente

Quizás una de las notificaciones menos deseadas son aquellas que contienen multas. Además, recibir los recibos o facturas también puede generar temor en los usuarios.

Cuando recibimos una sanción por infringir las normas de tráfico, existen plazos establecidos

Es importante tener en cuenta que, como conductores, cuando recibimos una sanción por infringir las normas de tráfico, existen plazos establecidos.

Al pagar una multa, es necesario verificar quién la ha emitido. Tanto si se desea pagar el importe, presentar una reclamación o presentar una alegación, es imprescindible dirigirse a la autoridad sancionadora correspondiente, que puede ser la Dirección General de Tráfico (DGT), una comunidad autónoma o un Ayuntamiento.

La entrega de la declaración de la Renta fuera de plazo no es el único supuesto en el que Hacienda pueda imponerte una multa.

Pago de una multa. / ShutterStock

En cualquier caso, los conductores deben pagar el importe completo, ya que no se permite fraccionar ni aplazar el pago de la multa.

Plazos

Si la sanción proviene de la DGT, debe pagarse durante el período voluntario, que abarca los primeros 20 días naturales desde la notificación de la denuncia. En la mayoría de los casos, el sancionado puede beneficiarse de una reducción del 50% en la cuantía.

Sin embargo, si se opta por pagar la multa durante esos días y aprovechar el descuento, se pierde la posibilidad de presentar recursos o alegaciones. De igual manera, si se presentan alegaciones, se pierde el derecho al descuento.

Si la sanción proviene de la DGT, debe pagarse durante el período voluntario, que abarca los primeros 20 días naturales desde la notificación de la denuncia

Es importante tener en cuenta que una vez que finaliza este plazo, comienza el período ordinario, que se extiende hasta 45 días después de recibir la notificación. Durante este período, se puede realizar el pago de la multa en cualquier momento, pero se deberá abonar el 100% de la cuantía.

En caso de que el usuario tampoco realice el pago durante este período, la sanción será transferida a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encargará de cobrarla con un recargo del 20%.

Sin embargo, si en ese momento tampoco se abona el importe, Hacienda podrá proceder al embargo de los bienes y propiedades registrados a nombre de la persona sancionada, así como de las cuentas bancarias para extraer el importe adeudado.

Si esto no es suficiente, también podrán retener una parte de las fuentes de ingresos del infractor, como la pensión o el salario. Además, las autoridades fiscales podrían incluso llegar a confiscar el vehículo del infractor para cubrir el importe adeudado.