La DGT se pone firme este verano: 200 euros de multa por hacer esto en vacaciones

El organismo de tráfico busca reducir el número de accidentes

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha puesto su ojo en la campaña de verano conocedor que es una de las épocas del año que más desplazamientos se producen. El organismo de Tráfico busca reducir el número de accidentes de tráfico en las carreteras españolas y por eso ya ha alertado que estará muy pendiente de que se cumpla la normativa durante los próximos meses, prestando especial atención a algunas acciones que suelen producirse, sobre todo, durante el verano y que pueden acarrear multas de tráfico.

Hace unos días, el medio británico ‘The Sun’ publicaba un artículo para alertar a sus ciudadanos de algunas multas de la DGT que pueden sufrir este verano cuando estén de vacaciones en España. Tal y como recuerdan desde Tráfico, todos, sin excepción, están sometidos a la normativa de circulación en nuestro país, por mucho que en otros países no se apliquen. Algunas de las multas de la DGT han dejado alucinando a los extranjeros, aunque lo cierto es que no son del todo ciertas.

La DGT sigue con paso firme los pasos establecidos desde la normativa de seguridad vial europea que tiene como objetivo reducir el número de víctimas mortales en accidentes de carretera en el año 2050. Aunque la mayoría de países miembros siguen esta normativa, existen algunas variaciones dentro de cada país y eso provoca confusión a la hora de viajar, por lo que es muy importante prestar atención a la ley con la que se rige.

La multa de 200 euros por estas acciones en verano

La DGT quiere reducir el número de accidentes de tráfico en España y es consciente que ahora que llega una de las épocas del año dónde más turismo extranjero llega a nuestro país. En muchas ocasiones esto se produce por el desconocimiento de la normativa por parte de los turistas. Alguna de las multas que más sorpresa ha provocado entre los británicos después de que ‘The Sun’ se hiciera eco es la multa por conducir sin camiseta, con chanclas o calzado inapropiado.

Aunque la realidad es que en España no existe una normativa específica para estos casos y se trata de una interpretación de la ley. Según el artículo 3 del Reglamento General de Circulación: “se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía”. 

En este caso serán los propios agentes de tráfico quiénes decidirán si la indumentaria del conductor es la idónea para no poner en peligro la seguridad vial del resto de usuarios. Aunque no existe una norma que prohíba específicamente conducir con chanclas, si la DGT considera que puede ser peligroso, puede sancionar con una multa de hasta 200 euros.