Esta son las multas de la DGT que han dejado alucionando a los extranjeros

La revista británica “The Sun” ha recogido algunas infracciones que se sancionan en España y no en sus países 

España es uno de los países más visitados del mundo. Las costas españolas y un clima que predomina con un gran número de horas de sol hace que sea muy atractivo para los extranjeros, aunque no solo de sol y playa vive nuestro turismo. Los británicos son una de las nacionalidades que más visita nuestro país, tanto en la Península Ibérica como en las Islas Baleares y las Islas Canarias. La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda la obligación de seguir la normativa vial independientemente del país de origen y que en su país no se sancionen estas infracciones. 

Ante esto, la revista británica “The Sun” se ha hecho eco de algunas de las sanciones que el organismo de tráfico regula en España, pero no el Reino Unido y esto ha provocado sorpresa entre los ciudadanos. Lo que en España vemos ya normal ha provocado que los posibles turistas que lleguen a nuestro país alucinen por ello.

La DGT quiere reducir el número de accidentes de tráfico en España y es consciente que ahora que llega una de las épocas del año dónde más turismo extranjero llega a nuestro país, el número de siniestros aumenta. Esto es debido al desconocimiento de las leyes de seguridad vial en nuestro país, pero también avisan que el desconocimiento no exime de tener que cumplir la normativa.

Las “extrañas multas” de la DGT para los turistas

La norma que más ha dejado alucinado a los británicos según The Sun es la de no poder conducir sin camiseta, con chanclas o con calzado inapropiado. Esto puede suponer una multa de tráfico de entre 80 y 200 euros, pero lo cierto es que en España no existe tal norma y se trata de una mala interpretación del reglamento.

Según el Reglamento General de Circulación en España, los agentes de tráfico pueden sancionar a los conductores que no estén en condiciones de controlar en todo momento el vehículo. Por otra parte, según el artículo 3: “se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía”.

En ningún momento la normativa habla explícitamente de que no se puede conducir sin camisetas o con chanclas. Serán los propios agentes de tráfico de la DGT quienes valorarán si la indumentaria o el calzado del conductor es apropiado para la conducción. En todo momento se valorará la seguridad vial del vehículo en la carretera. En caso de sanción a un turista, la multa llegará hasta su domicilio en el país extranjero.