¿Estás de vacaciones en Navidad? Estos son los derechos que defienden la desconexión laboral
Esta normativa asegura que los trabajadores en periodo vacacional no están obligados a responder llamadas, mensajes o correos electrónicos fuera de su horario laboral
En el periodo navideño, disfrutar de unas vacaciones sin interrupciones laborales es un derecho respaldado por la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
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Esta normativa asegura que los trabajadores en periodo vacacional no están obligados a responder llamadas, mensajes o correos electrónicos fuera de su horario laboral.
El artículo 88 de dicha ley especifica que tanto empleados públicos como trabajadores privados tienen derecho a la desconexión digital para preservar su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como su intimidad personal y familiar.
Posibles sanciones
La infracción de esta normativa puede conllevar sanciones económicas para la empresa, que van desde los 626 euros hasta los 187.215 euros, dependiendo de la gravedad y la intrusión laboral durante el periodo vacacional.
La Inspección de Trabajo es la entidad encargada de determinar el importe de la multa, considerando diversos factores como la urgencia del asunto.
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Es importante destacar que el no responder durante las vacaciones no puede ser motivo de despido ni sanción para el empleado. En caso de enfrentarse a esta situación por ejercer su derecho al descanso, el trabajador puede realizar una reclamación dentro de un plazo de 20 días.
Existe una excepción a esta regla. En casos de fuerza mayor que afecten directamente a la producción o seguridad, la empresa puede contactar al empleado, quien deberá respo
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