Tribunales

La fiscal mantiene que Nono no tuvo ninguna oportunidad de defenderse

El Ministerio Público alega que "existen pruebas suficientes para condenar" a prisión permanente revisable a Jeffrey B. S. y a 24 años de cárcel a Ylenia R. S.

La fiscal se dirige a los miembros del jurado bajo la atenta mirada de los dos acusados, junto a sus letrados.

La fiscal se dirige a los miembros del jurado bajo la atenta mirada de los dos acusados, junto a sus letrados. / B. M.

Benyara Machinea

Benyara Machinea

La fiscal Cristina Coterón ha mantenido este jueves en su informe final que Jeffrey B. S. asesinó a Juan Antonio Ojeda, más conocido como Nono, en una vivienda de Zárate (en Las Palmas de Gran Canaria) el 22 de septiembre de 2021, unos hechos por los que solicita la prisión permanente revisable. La representante del Ministerio Público sostiene que el crimen se produjo con "alevosía" porque la víctima "estaba atada a una cama" y llevaba "una semana de encierro", pero matiza que la muerte del vecino de Pedro Hidalgo, con una discapacidad reconocida del 66%, no habría sido posible sin la participación de Ylenia R. S., para la que solicita 24 años de cárcel por presuntos delitos de detención ilegal y homicidio por omisión de socorro. 

Nono padecía una esquizofrenia, se medicaba todos los días para tratar de paliar los efectos de la enfermedad y vivía solo en la casa de su familia. "Empezaba a preocuparse cuando se acercaba el día en el que cobraba la pensión porque pensaba que le iban a robar", refirió la fiscal. Llegó a contar a sus familiares y amigos más cercanos que la pareja acusada había tratado de amedrentarle y le había retenido contra su voluntad con el objetivo de robarle la pensión de 1.100 euros mensuales que recibía. 

Coterón contó al jurado que "hubo una intervención de los dos" en el secuestro del vecino de Pedro Hidalgo, que se habría producido en una fecha cercana al 14 de septiembre. "Era más razonable que Jeffrey bajara del coche porque Nono le tenía miedo, pero Ylenia estaba ahí en todo momento", afirmó en su alegato. De la misma forma, asegura que cuando la víctima y Jeffrey se dirigieron a la vivienda de un amigo del fallecido para que le devolviera la tarjeta de crédito, la acusada les acompañó en el mismo vehículo.

"Jamás había visto con este tipo de delitos una libertad provisional", afirmó el abogado de Ylenia

"Después de ir a casa de un taxista, amigo de Nono, fueron a un cajero para comprobar el pin de la tarjeta y ver si podían cobrar el dinero, pero no pudieron hacerlo porque la cuenta estaba en números negativos en aquel momento", mantiene la fiscal. 

La representante del Ministerio Público sostiene que el lugar en el que el agredido pasó sus últimos días era "una casa sucia con ratones", en la que había una única habitación limpia en la que pernoctaba la pareja, con una cama de matrimonio, una televisión y una de las pocas puertas con cerradura del inmueble. "Se encerraban allí y Nono no les molestaba", incidió Coterón.

El vecino de Pedro Hidalgo falleció en la noche del 22 de septiembre y, según manifestaron los forenses que examinaron el cuerpo, la causa de la muerte fue un traumatismo craneoencefálico severo que, conforme aprecia la fiscal, "era un golpe compatible a lo que relató Ylenia". La acusada escenificó en la fase de instrucción cómo Jeffrey habría colocado su mano en la frente de la víctima para después estampar su cabeza contra la pared. 

Tres costillas rotas

El Ministerio Público argumenta que, después del golpe mortal, Jeffrey "siguió dando patadas" al agredido y afirma esto porque los forenses notaron que la víctima tenía tres costillas rotas. No fue hasta la noche del 23 de septiembre cuando ambos acusados decidieron llamar al 112, contando que lo habían encontrado muy grave al regresar a la vivienda. "Ylenia dijo que estaba presente cuando le dio el golpe y fue consciente de que lo podía matar, pero no hizo nada para evitarlo y eso la hace responder de igual forma que si hubiese dado el golpe", aludió la fiscal. 

El abogado de Ylenia, Israel Godoy, destacó la "colaboración" que prestó su clienta en comisaría y el papel que tuvo su testimonio para ayudar a esclarecer lo sucedido. "Jamás había visto con este tipo de delitos una libertad provisional", subrayó el letrado en la exposición de su informe final. De hecho, esa es la medida que decretó para la acusada la jueza instructora del caso, que también determinó que el otro acusado ingresara en prisión provisional por estos hechos en febrero de 2022 (aunque llevaba en la cárcel desde diciembre de 2021 por otro procedimiento de un robo con violencia).

La defensa de Jeffrey argumenta que "padece un trastorno esquizoide de la personalidad"

"Moralmente son absolutamente reprobables las conductas de mi clienta, pero no puede considerarse que sean las conductas de una homicida", subrayó el letrado, que hizo énfasis en que ella "no se eximió de la responsabilidad" de los hechos con lo que declaró en comisaría, sino que "solo dijo que no pegó a Nono". Godoy aludió a que "la ley no te obliga a denunciar cuando tu pareja está cometiendo un delito" e incidió en que su presunta colaboración en los hechos fue fruto de una situación de sumisión en su relación de pareja. De la misma forma, solicitó que tuvieran en cuenta que la acusada ha abonado los 2.000 euros que tenía ahorrados para intentar reparar el daño (la Fiscalía solicita que cada acusado aporte una indemnización de 50.000 euros para los familiares de la víctima).

El letrado también rompió una lanza en favor de Jeffrey, después de oír el miércoles en el juicio que había pasado 27 años de su vida en prisión, e incidió en que "nuestro sistema judicial no reinserta a nadie". "Es víctima de sí mismo, de ese demonio que tiene dentro y que no logra quitarse de encima", añadió el abogado.

Una juventud problemática

Guillermo Nieves, el abogado del turno de oficio que ejerce la defensa del acusado desde que tomó el caso hace un mes, enfatizó en que la declaración de su representado "ha sido clara, creíble y ha mantenido su relato en el tiempo" y solicitó que, en caso de una sentencia condenatoria, se califique como un homicidio y no como un asesinato. "Durante su juventud era una persona problemática y un gran consumidor de drogas, pero ya no lo era en el momento de los hechos", incidió el abogado, que añadió que Jeffrey "padece un trastorno esquizoide de la personalidad".

Esta condición médica, que puede suponer la diferencia entre una condena de prisión permanente revisable u otra pena menos grave, no quedó probada por la forense que lo valoró en fase de instrucción. "Este informe no es válido para este procedimiento, solo lo era para el caso que se juzgó en su momento", señaló el letrado de la defensa, que motivó que la forense no tuvo en cuenta un informe previo en el que se valoraba la presencia de dicha patología.

La práctica de la prueba concluyó con los informes de las partes y el traslado del objeto del veredicto al jurado popular, que deberá determinar en los próximos días la culpabilidad o inocencia de los dos encausados.