Sin duda alguna, el año 2014 viene marcado por la conmemoración de varios centenarios cívico-religiosos, como puede ser, entre otros, el segundo centenario del final de la primera experiencia de los ayuntamientos constitucionales con la vuelta al absolutismo tras el regreso de Fernando VII en 1814, el primer centenario del famoso mitin celebrado el 25 de enero de 1914 en la Plaza de Teror en defensa de los derechos del agua agria, el también primer centenario de la proclamación de la Natividad de la Virgen como patrona principal de la Diócesis de Canarias por el Rescripto de 16 de abril de 1914, el de la consagración del templo parroquial de Teror en los días 29 y 30 de agosto de 1914 y, por último, el del nombramiento de representante del rey en la Festividad del Pino del martes 8 de septiembre del citado año de 1914.

Llama poderosamente la atención el silencio, a veces la mejor manera de hablar, en torno al centenario del famoso mitin de la 'Fuente Agria', considerada en la actualidad como una de las principales fuentes de ingresos del Ayuntamiento, en contraste con el eco tenido por el de la proclamación del patronazgo, cuya efemérides se conmemoró con la bajada de la imagen de Nuestra Señora del Pino desde su iglesia y villa de Teror a la ciudad de Las Palmas e Iglesia Catedral durante los días 31 de mayo y 14 de junio de 2014. No obstante, en estas páginas nuestra atención continuará centrándose en la proclamación del patronazgo y fiestas extraordinarias celebradas entre los días 29 de agosto y 13 de septiembre de 1914, consagración del templo y nombramiento del represente del rey. Aunque no se puede pasar la página de la historias sin leerla y que los pueblos que no se buscan en el pasado, mal les puede ir en el presente, lo cierto es que agua pasada no mueve molino.

Como ya hemos escrito en otras ocasiones, nuestra condición de historiador de "oficio" nos lleva a señalar que estas páginas no tienen como objeto cumplir la función, como diría Giovanni Levi, de ser únicamente "administradores del olvido", pues, aunque los historiadores estamos peligrosamente afectados por el síndrome de las efemérides (centenarios, cincuentenarios, etc.) y que ninguno estamos libre de pecado a la hora de ser arrastrados por las fuertes tentaciones conmemorativas al uso, no es menos cierto que tales eventos se convierten en un reclamo para llamar la atención y explicar de forma comprensiva, determinados aspectos de nuestro pasado histórico. Es muy difícil estar a la altura de uno mismo. No obstante, queremos que estas páginas sirvan de homenaje y recuerdo a toda aquella gente de nuestro pueblo -con y sin historia- que tanto trabajó por su engrandecimiento pero su memoria se borró y no ha quedado nada.

Para quien pueda pensar que todo ha sido dicho, insistimos en repetirlo porque nadie quiere entender, sobre todo cuando continuamos empeñados en vivir en economía y no en sociedad, donde las cosas están más próximas y las personas cada vez más lejos.

Z 1. Proclamación de la Natividad de la Virgen como patrona de la Diócesis de Canarias

1.1 Los antecedentes

Dando por sentado que lo que nos interesa es las cosas cómo han llegado a ser y no como son, para entender el Rescripto de 16 de abril de 1914, origen de la actual conmemoración del centenario del patronazgo, debemos retrotraernos a los años centrales del siglo XIX. Nuestra historia, si obviamos el largo capítulo que el vicario don Juan Artiles Sánchez de manera magistral tituló Todo comenzó con una mujer en el Pregón de las Fiestas del Pino del año 2004, comienza en el año 1867, cuando Pío IX, a petición del Gobierno de España, expidió un decreto sobre reducción de días festivos en los dominios de España. Tal reducción había sido pedida de forma reiterada "para bien del comercio, fomento de las artes y provecho de la agricultura". El Papa, aunque dilató la resolución, acabó mandando que "esta reiterada petición fuese sometida al examen de la Congregación de Sagrados Ritos".

Seguido el trámite correspondiente y oídas diversas opiniones, Pío IX, por decreto de 2 de mayo de 1867, dispuso por lo que aquí y ahora nos interesa:

1.- Que tenga lugar la misma derogación de precepto en las fiestas de la Natividad de la Madre de Dios y de San Juan Bautista, la celebración de las cuales fiestas deberá trasladarse a la Domínica próxima siguiente, que no esté impedida por fiesta doble de precepto de primera clase, con una sola misa solemne, como se acostumbra en las votivas de las mismas fiestas.

2.- "Que en cada diócesis se venere un solo patrono principal, que habrá de ser designado por la Santa Sede, quedando vigente el precepto de oír misa y de abstenerse de obras serviles".

Tal concesión pontificia, como se recoge en la circular del obispo Joaquín Lluch y Garriga de 20-11-1867, debía observarse desde el día primero de 1868, en cuya fecha "cesará la obligación de oír misa y de abstenerse de obras serviles", entre otros días, "el ocho de septiembre, la Natividad de Nuestra Señora", quedando subsistentes, entre otras, como fiestas de guardar bajo ambos preceptos de oír misa y de abstenerse de obras serviles, la "Purificación de Nuestra Señora, en dos de febrero" y la "Asunción de Nuestra Señora, en quince de agosto". Sobre la segunda disposición, la del patronazgo principal, Garriga en su circular señala que "Nos, en atención a que Ntra. Sra. de Candelaria es, desde muy antiguo, la Patrona de esta provincia de Canarias, hemos suplicado a Su Santidad designara por Patrona principal de una y otra Diócesis a la Santísima Virgen María en el misterio de su Purificación, cuya fiesta se celebra el día dos de Febrero".

Para la más fácil y ordenada ejecución del Decreto pontificio sobre reducción de días festivos, objeto de la circular de 20-11-1867, el obispo Garriga dispone, entre otras cosas, que en el ofertorio de la Misa conventual del tercer domingo de Adviento se leyera al pueblo en todas las Iglesias parroquiales de ambos Obispados y que los oficios y misa del Nacimiento de María Santísima se celebrará, así privada como públicamente, por el clero el 8 de septiembre como hasta ahora, trasladando su solemnidad a la dominica siguiente.

El precepto de la festividad de la Natividad y el patronazgo principal de ambas diócesis van a seguir derroteros diferentes. En 1868, Pío IX accedió a la solicitud del Gobierno español y concedió la gracia "de que se restablezca la fiesta de precepto en el día ocho de setiembre en que se celebra la Natividad de María Santísima" hasta ser suprimida de nuevo por Pío X. El patronazgo principal fue resuelto por decreto de la Sagrada Congregación de Ritos, fechado en Roma el 12 de diciembre de 1867, al declarar patrona de las dos diócesis canarias a la Purificación de la Virgen. Tal como señalamos, este decreto se obtuvo a propuesta del obispo Garriga, que "deseaba que tanto en la Diócesis de Canarias como en la de Tenerife fuese venerada como Principal Patrona delante de Dios, según se venía ya verificando antes, la Purificación de la Santísima Virgen María", por lo que el papa Pío IX, acogiendo benignamente las preces dirigidas y elevadas a su conocimiento por el infrascrito secretario de la Congregación de Sagrados Ritos, "se ha dignado confirmar como Patrona Principal de ambas Diócesis la Purificación de la Santísima Virgen, cuya fiesta concedió continuase celebrándose en las dos Diócesis el día 2 de febrero, con rito doble de primera clase y octava, y bajo los dos preceptos, a saber, de oír misa y de abstenerse de obras serviles".

La propuesta o decisión de LLuch y Garriga, con independencia del argumento "en atención a que Ntra. Sra. de Candelaria es, desde muy antiguo, la Patrona de esta provincia de Canarias", de suplicar a la Santa Sede para que designara "por Patrona principal de una y otra Diócesis a la Santísima Virgen María en el misterio de su Purificación", o lo que es igual Nuestra Señora de Candelaria, "cuya fiesta se celebra el día dos de Febrero", parece incomprensible haya sido hecha por el Obispo de la Diócesis de Canarias que, desde la bula de erección del obispado de Tenerife por Pío VII de 1 de febrero de 1819,debía reducirse a las islas de Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote.

Pero ello fue así porque el Obispado de Tenerife, desde el Concordato del Estado español con la Santa Sede de 1851 que preveía su supresión, estaba bajo Administración Apostólica del Obispado de Canarias. Con el restablecimiento del Obispado de Tenerife y toma de posesión de dicha Silla Episcopal el 6 de julio de 1877 por el doctor don Ildefonso Infante, quedó desligada aquella diócesis de los vínculos canónicos que le unían al Prelado de la Diócesis de Canarias en virtud de la Administración Apostólica de ella que le tenía confiada la Santa Sede, empezando a regirse por la jurisdicción ordinaria que corresponde a su nuevo Prelado. De esta manera, lo dispuesto por el decreto de Pío IX de 2 de mayo de 1867 sobre "que en cada diócesis se venere un solo patrono principal, que habrá de ser designado por la Santa Sede" y que se puso en ejecución por el propio Pío IX, a propuesta de Garriga, el 12 de diciembre de 1867confirmando "como Patrona Principal de ambas Diócesis la Purificación de la Santísima Virgen", perdía todo su significado. Sin embargo, ninguno de los sucesores de Garriga en la Diócesis de Canarias alteró la situación hasta 1914.

1.2 La proclamación de 1914

La disposición por el Papa Pío X de eximir a los fieles de la obligación de guardar la fiesta del día 8 de septiembre, no pasó desapercibida para el Ayuntamiento de Teror que, en sesión de 22 de febrero de 1914 debatió la cuestión, exponiendo el concejal Suárez Ponce que, como católico, respetaba y acataba la disposición, pero creía que con ella "el concurso de forasteros en las vísperas y día de dicha fiesta irá disminuyendo y, por tanto, aminorándose no sólo la devoción a nuestra patrona sino también las empresas y ventas de animales y demás, sufriendo en mucho los ingresos en la población". Por unanimidad se acordó elevar respetuosa instancia al Obispo pidiendo su concurso a fin de que, exigiendo de los párrocos de los pueblos de la Diócesis las correspondientes súplicas, se digne impetrar de la Santa Sede la revocación de dicha disposición, pidiendo, "al propio tiempo, el nombramiento de patrona de la mencionada Diócesis a favor de Ntra. Sra. del Pino o la Natividad de esta señora en lugar de la de Candelaria". Igual súplica se dirigirá al Delegado del gobierno de S.M. en Las Palmas para que, con idéntico fin, se dirija a los ayuntamientos de sus respetivos pueblos. ¿Fue el obispo Marquina el autor intelectual del acuerdo?

Tomada en consideración la petición, con motivo de la remisión a la Santa Sede de las preceptuadas reformas del calendario diocesano, se renovó "la doble idea de pedir al Santísimo Padre que declare Patrona de esta Diócesis a la Santísima Virgen bajo la advocación de Nuestra Señora del Pino y que restituya el doble precepto del día de la Natividad de Nuestra Señora, en que los canarios celebran la tan concurrida, como devota y popular fiesta del Pino". Para la consecución de este doble objeto, como señalara el Doctoral de Canarias don Pedro Jiménez en escrito impreso a los venerables curas de las parroquias de la Diócesis de 26 de febrero de 1914, "han de preceder las oportunas preces, en las que se expongan las razones que fundamenten la petición, con el voto particular del Ilustrísimo y Reverendísimo Prelado Diocesano". Ahora bien, como resultaba difícil que todos los "animados" en pro de este "piadosísimo deseo" suscriban el documento, el Doctoral juzga "que parece más acertado y conducente" que sea el Obispo quien, en nombre del Clero y Pueblo formule la petición, "precediendo, como es obvio, a esta petición la que con el mencionado fin se haga a S. S. Iltma., por quien estoy autorizado para asegurar a V. que en ello, como en todo lo que pueda redundar en honra de la Señora, tiene especial complacencia". Los escritos de los párrocos debían enviarse al Obispo antes del 10 de marzo de 1914. Digamos que el doctoral Jiménez, por su condición de natural de Teror, fue una de las personas a las que el Ayuntamiento agradeció "los trabajos para recabar la petición a la Santa Sede del patronato de la Diócesis a favor de la Santísima Virgen", a lo que contestó que, "el placer que al hijo de esa Villa producía el coadyuvar como colaborador anónimo con su modesto óbolo a cuanto redundase en engrandecimiento de su pueblo natal, se convierte en la satisfacción más completa con el citado acuerdo, al que reputo timbre de la mayor valía y ejecutoria de honra por mí inmerecida".

Remitidos desde las parroquias los "reverentes escritos" pedidos, Marquina dirigió a Roma su solicitud, obteniendo como respuesta el Rescripto del Papa Pio X, oída la Sagrada Congregación de Ritos, de 16 de abril de 1914 por el que aprobaba y ratificaba "la elección de la Bienaventurada Virgen María como Patrona Principal de la Diócesis Canariense, hecha por el reverendo obispo y cabildo, y mandó que la fiesta patronal se celebrara en la Natividad de la misma Bienaventurada Virgen María el día 8 de septiembre". El éxito no fue completo porque no se concedió la declaración de día festivo o de precepto del 8 de septiembre.

El Boletín Oficial Eclesiástico de la Diócesis de Canarias no se hizo eco del contenido del Rescripto. Tan solo el Boletín de 19-06-1914 recoge una pequeña crónica sin firma e intitulada "La Stma. Virgen del Pino patrona de la Diócesis", en la que refiere "S.S. el Papa Pío X, q. D. g., accediendo a las fervorosas súplicas que le ha dirigido el Iltmo. Prelado haciéndose eco de los ardientes deseos y votos del Excmo. Cabildo Catedral, Clero y fieles de esta Diócesis, se ha dignado declarar como Patrona del Obispado de Canarias a la Stma. Virgen bajo el título del Pino, fijando su fiesta en el día 8 de septiembre, el mismo en que con tanta devoción y fructuosísimo culto es venerada desde tanto tiempo en la Villa de Teror y en todos los pueblos de la Diócesis. Que esta gracia del Santo Padre, que sin duda será recogida con júbilo y agradecimiento por todos los fieles de Canarias, contribuya a arraigar más y más el amor y veneración a la Virgen Stma. y nos atraiga del Cielo abundantísima bendición". Con toda probabilidad, la autoría corresponde al obispo Marquina, a tenor de la Pastoral que desde Teror escribió el 23 de agosto, dirigida al clero secular, religiosos y pueblo fiel, en la que, entre otras cosas, decía "alegre y regocijado anunciábamos poco hace en este mismo Boletín que nuestro amadísimo Padre el papa Pío X, acogiendo benignamente nuestros ruegos bien apoyados en el voto unánime del clero secular y regular, de las Religiosas y fieles del Obispado, había con su autoridad suprema sancionado la elección de la Santísima Virgen del Pino para Patrona Principal de la Diócesis, hecha por Nos de acuerdo con el Excmo. Cabildo de la Catedral Basílica".

1.3 El recibimiento de la noticia y los preparativos para la celebración de las fiestas del patronazgo de 1914

A mediados del mes de mayo de 1914, estando Marquina en la villa de Teror "para proceder a la santa pastoral visita de esta parroquia" y al regreso de la celebración el día 18 del primer aniversario del inicio del templo dedicado en el barrio de Arbejales a la advocación del Corazón de Jesús, recibió la noticia vía telegrama de la concesión por el papa Pío X del patronazgo, haciendo partícipe de la noticia a todos los presentes, quienes procedieron a la celebración de una manifestación de júbilo con lanzamiento de veinte docenas de voladores comprados en 10 pesetas a don José Pérez Montesdeoca.

La noticia fue comunicada oficialmente por el párroco don Juan González al Ayuntamiento el 19de mayo, considerando que "declarar patrona de esta Diócesis a Nuestra Señora madre la Virgen del Pino" era "un timbre más de gloria para la excelsa señora y un grandísimo honor para nuestro pueblo". La corporación por voz del alcalde Juan Rivero, en sesión de 2 de junio, puso de manifiesto que Teror, más que otro pueblo, debía dar muestras de gratitud a Ntra. Sra. y dar a conocer la alegría "no sólo por el realce y nombradía que a ella ante todo los demás pueblos se le sigue sino también por el honor que, sobre el de tenerla por particular patrona, recibimos, además de redundar merecidísimo privilegio en nuestro material provecho". Tan grato suceso debía celebrase con extraordinarios festejos, tal y como había determinado en el mes de mayo el propio Marquina al señalar que las fiestas que se celebrasen en los días 6, 7 y 8 de septiembre fuesen "grandes y extraordinarias", ofreciendo su concurso para que revistieran "el mayor esplendor". A propuesta del alcalde, se aprobaron las siguientes mociones:

1.- Que se nombre una comisión que, unida a la de festejos que se halla oficialmente nombrada, estudie lo que debe hacerse, teniendo presente lo que a continuación se expresará, dando a cuenta a más tardar dentro de quince días a contar desde el presente.

2.- Que fundándose en la popularidad y general devoción que a esta sagrada imagen se le tiene no solo en este pueblo y en esta isla sino también en toda la Diócesis, se pida por quien corresponda al Gobierno de la Nación:

A.- Se conceda oficialmente y para siempre a Nuestra Señora del Pino los honores de Capitán General en atención también a haber sido coronada solemnemente el día 7 de septiembre de 1905.

B.- Que se den las órdenes oportunas para que el día 8 de septiembre próximo asista a la procesión al menos una compañía de militares con bandera y música que haga los debidos honores.

C.- Que se pida a S.M. el Rey que, ya que no lo será posible realzar con su augusta persona los festejos que se efectúen, tenga a bien nombrar quien le represente en ellos, sobre todo en la solemne procesión.

D.- Que se dirija comunicación al obispo en súplica que se digne disponer un repique general de campanas en la S.I.C. y en todas las parroquias del Obispado de 11 a 12 del día 8 de septiembre próximo, hora en que tendrá lugar la solemne procesión.

E.- Que de los fondos municipales o por suscripción vecinal voluntaria se encargue para dicho día "un hermoso estandarte con su correspondiente dedicatoria que sea digno, si no de lo que la Señora merece, a lo menos que aparezca una prueba de amor y reconocimiento de los terorenses hacia aquella que tanto en lo espiritual como en lo material todo se lo deben".

F.- Se lleve a efecto lo acordado en sesión de 22 de febrero acerca del nuevo escudo, sello y bandera particular de esta villa.

G.- Dado que el tiempo que queda para pensar y llevar a cabo lo que pueda hacerse es relativamente corto, se declare por el Ayuntamiento la urgencia con que debe procederse.

A estas propuestas se añadió por el concejal Yánez la de nominar, como agradecimiento al obispo, una calle de la población con el nombre de "Obispo Marquina", dejándose para la siguiente sesión el nombramiento de la comisión.

Pero los llamados "hijos de la Virgen del Pino", algo más de un centenar de vecinos encabezados por el alcalde Juan Rivero, no se conformaron con estas propuestas. El 8 de junio de 1914, tras expresar al Obispo su agradecimiento y felicitación por las gestiones realizadas para la declaración del patronazgo y que harían festejos para perpetuar la memoria, le exponen que una de las primeras cosas que se les ha ocurrido y proponen es "que esta magnífica iglesia sea consagrada con las solemnes ceremonias que para estos casos prescribe el Pontifical Romano" porque "este templo parece que necesita y, por lo mismo, exige y como que está pidiendo a voces, ser distinguido de los demás, no tanto por su capacidad y hermosura, a pesar de ser uno de los principales de la diócesis, sino sobre todo por ser morada de imagen tan milagrosa que, por serlo, fue por concesión apostólica solemnemente coronada, por lo cual, y aun solamente considerado bajo este punto de vista, el palacio de gran señora pide ser como condecorado con toda clase de honores y privilegios hasta el de ser nombrada basílica si fuese posible, todo lo cual redundará en mayor prestigio, veneración y respeto hacia tan buena y digna madre". De aceptarse la propuesta de la consagración de la iglesia, piden sea el domingo 30 de agosto, "por ser el día festivo libre más próximo a las fiestas que anualmente se celebran a Nuestra Señora".

El obispo Marquina, tras señalar estar "altamente complacido del entusiasmo religioso y diligente solicitud de los vecinos de esa Villa por aumentar y engrandecer los cultos hacia su excelsa Madre la Virgen del Pino", responde el 7 de julio que, "en cuanto está de su parte, procurará llenar sus fervientes anhelos consagrando su templo y concediendo repique general de campanas en su día como se pide (por oficio del alcalde de 25-06-1914), y respecto a que le sea concedido a dicho templo el título de Basílica, que lo pedirá con singular empeño a la Santa Sede".

La respuesta positiva a algunas de las propuestas hechas lleva concejal Carlos Yánez a proponer se den las gracias al Obispo "por el interés que tiene demostrado en todo lo que con la Santísima Virgen del Pino y la villa de Teror se relaciona". Con respecto a la conversión del santuario de Teror en Basílica menor, el obispo Marquina a principios de septiembre hizo la solicitud de Roma y por Rescripto del Papa Benedicto XV, suscrito por el Secretario de Estado cardenal Gasparini el 13 de enero de 1916, se concedió dicho título. En cualquier caso, tanto para la consagración como para los festejos extraordinarios, el templo parroquial fue decorado de manera suntuosa con toda clase de alhajas y ornamentos, fruto del cuidado y escrupulosa limpieza desarrollada por el párroco don Juan González.