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Protección de Datos multa a la médico que sacó los historiales del Negrín

La cardióloga debe pagar 2.500 euros por llevarse a su casa copias de informes de unos 300 pacientes que acabaron en un contenedor de basura de El Fondillo

Protección de Datos multa a la médico que sacó los historiales del Negrín

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha resuelto imponer una multa de 2.500 euros a la cardióloga que se llevó a su domicilio copias de informes clínicos de alrededor de 300 pacientes del Hospital Doctor Negrín, que fueron encontradas en un contenedor de basura por un vecino en octubre de 2014 y cuyos hechos se dieron a conocer en distintas informaciones publicadas por LA PROVINCIA / Diario de Las Palmas.

Protección de Datos hizo pública ayer dicha resolución en la que se imputa a la médico, A. A. A., la vulneración de las medidas de seguridad previstas en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, como responsable del tratamiento de dicha documentación, considerando que ha incurrido en una infracción tipificada como grave. La agencia, que responde a una denuncia presentada por la Asociación El Defensor del Paciente, considera demostrado que la cardióloga "no adoptó las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garantizasen la seguridad de los datos de carácter personal de sus ficheros, de manera que se evitase el acceso no autorizado a los datos de los mismos".

El organismo recoge que la doctora manifestó que obtuvo los documentos "en el ejercicio de su actividad profesional con el conocimiento y consentimiento de los responsables del Hospital Doctor Negrín", tratándose una "práctica habitual" en dicho centro hospitalario. Además, declaró que el uso de los datos fue "estrictamente profesional", en cumplimiento de las obligaciones que como médico del servicio de Cardiología le incumbían y que esa documentación se utilizó para "el estudio de los casos y trabajos de investigación para la publicación de artículos".

Sin embargo, la Agencia de Protección de Datos recuerda en la sentencia que la ley establece que sólo es posible la comunicación y el acceso a los datos de la historia clínica de los pacientes con la finalidad de prevención, diagnóstico y asistencia sanitaria necesaria para la asistencia de los pacientes. "El acceso a la historia clínica con una finalidad diferente requiere el consentimiento expreso del afectado para el tratamiento de sus datos de salud con la finalidad de que se trate, como en este caso, la de investigación", expone el organismo.

En su declaración ante la Policía, recogida por la resolución, la doctora, que llevaba varios años trabajando en otra comunidad y que estaba fuera de la isla cuando se encontraron los papeles, alegó que "los seis archivadores se encontraban en unas bolsas de plástico en una estantería de su casa (...) y que habían llegado al contenedor de basura debido a que sus padres por error y pensando que eran basura, habían depositado las bolsas en el contenedor al realizar unas reformas y posterior limpieza de la vivienda". Algo que, según la agencia, no la exime de responsabilidad de la custodia.

Responsabilidad

"A.A.A. es responsable del tratamiento de la documentación que se encontró por un vecino en un contenedor de basura", afirma la agencia que expone que la doctora debió adoptar las medidas necesarias para impedir cualquier recuperación posterior de la información que contenían dichos documentos. "Tales medidas no fueron adoptadas totalmente en el presente caso. Prueba de ello es que la documentación que estaba almacenada en su domicilio fue encontrada en un contenedor".

En dicho expediente consta una copia del procedimiento del juzgado de instrucción número 7 de Las Palmas de Gran Canaria que concluyó, mediante auto de 21 de noviembre de 2014, el sobreseimiento provisional y archivo de la causa. La Agencia Española de Proteción de Datos considera probado que el 30 de octubre de 2014 un vecino de la zona del Fondillo encontró en un contenedor de basura unos archivadores que contenían informes médicos con datos personales, y que dicho ciudadano entregó la documentación a LA PROVINCIA / DLP.

Seguidamente el periódico contactó con el hospital para informar de lo sucedido y del hallazago, ante lo que un responsable del centro sanitarios se trasladó hasta la redacción para comprobar que se la documentación en cuestión era tacopias de algunos documentos sueltos de las historias clínicas de pacientes del área de Cardiología del complejo hospitalario, ya que los originales estaban en el archivo de historias clínicas del Negrín. Asimismo, la resolución señala que el periódico LA PROVINCIA/DLP se negó a devolver los documentos al hospital.

Ese mismo día el hospital interpuso una denuncia ante la Policía que se personó en el periódico e incautó los documentos encontrados en el contenedor de basura. El Hospital Negrín solicitó a la Policía la devolución de dicha documentación, formalizada mediante un escrito con fecha 7 de noviembre de 2014, que fue atendida y en la actualidad las copias se encuentran custodiadas en el archivo de historias clínicas del centro.

Investigación

Posteriormente el hospital inició una investigación interna, con el objetivo de depurar responsabilidades, y no detectó ninguna alteración en el archivo de historias clínicas ni falta de documentación del servicio de Cardiología.

El centro contactó entonces con los médicos adscritos y confirmó que ninguno de ellos estaba relacionado con los hechos. No obstante, una cardióloga, que había dejado de trabajar en el hospital a principios de 2010, reconoció que esa documentación era suya y que consistía en fotocopias que había hecho de información relativa a pacientes que había tratado en dicho hospital.

Contra la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, que agota la vía administrativa, la afectada puede formular recurso de reposición.

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