Aviso SEPE: los parados de más de 52 años pueden cobrar la prestación aunque consigan trabajo

Mientras dure el contrato, será la empresa la que se encargue de completar la cuantía del subsidio recibido por el trabajado hasta el importe del salario correspondiente

Aviso SEPE: los parados de más de 52 años pueden cobrar la prestación aunque consigan trabajo

E. S. G.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha dado a conocer una excepcional medida que permitirá a los desempleados mayores de 52 años que reciban el subsidio correspondiente mantenerlo incluso si obtienen un contrato de trabajo. Aunque la norma general establece que conseguir empleo implica la suspensión del subsidio, esta nueva excepción busca fomentar la empleabilidad en este grupo demográfico.

Según el SEPE, las personas desempleadas mayores de 52 años inscritas en las oficinas de empleo y beneficiarias de cualquier subsidio podrán compatibilizar el subsidio con un trabajo por cuenta ajena siempre que sean contratadas a tiempo completo, ya sea de forma indefinida o temporal, con una duración del contrato superior a tres meses.

El SEPE aclara que esta compatibilidad no se aplica a contratos de inserción, contratos subvencionados por el SEPE bajo el Programa de Fomento del Empleo Agrario ni a contratos otorgados a cargos directivos de una empresa o miembros de los órganos de administración de entidades o empresas con forma jurídica de sociedad.

Además, la empresa contratante no debe contar con un Expediente de Regulación de Empleo de extinción, suspensión o reducción de jornada, ni haber tenido al trabajador contratado en los últimos doce meses. Tampoco pueden ser parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni cónyuges, quienes ocupen cargos directivos o sean miembros de los órganos de administración de la empresa.

SEPE

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Casos de compatibilidad

Para que esta compatibilidad sea efectiva, la empresa y el trabajador deben registrar el contrato en la oficina de prestaciones. Una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos, se aprobará la compatibilidad y se reanudará el abono del subsidio desde la fecha de inicio del contrato, aunque su cuantía se reducirá al 50%.

En caso de que el trabajador deje el empleo y no cumpla con los requisitos para acceder a la prestación contributiva por desempleo (el paro), o no haya agotado la duración del subsidio, deberá notificar su cese en la oficina de empleo dentro de los 15 días siguientes. En ese caso, se reactivará el subsidio para mayores de 52 años, y se pagará nuevamente en su totalidad.

Si el trabajo es a tiempo parcial, el beneficiario puede suspender el cobro del subsidio mientras trabaja y reanudarlo en las mismas condiciones al finalizar su contrato. También existe la posibilidad de trabajar a media jornada y seguir recibiendo el subsidio, aunque este se reducirá proporcionalmente según las horas trabajadas. En este caso, el SEPE advierte sobre el control de ingresos, ya que no se puede superar el límite de rentas individuales, que es de 810 euros al mes (el 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2023). Si se supera este umbral, el desempleado deberá suspender obligatoriamente el cobro del subsidio.